Título II: Las actuaciones contencioso administrativas
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TÍTULO II
LAS ACTUACIONES CONTENCIOSO ADMINISTRATIVAS
Una vez surtido el procedimiento administrativo, es preciso acudir a la
jurisdicción de lo contencioso administrativo, cuando se considere que una
actuación de la Administración es contraria a la legalidad, viola derechos
generales o particulares o causa un perjuicio y en esa medida, se surten
actuaciones contencioso administrativas639. En estas circunstancias, hay
que decir que las actuaciones contencioso administrativas, como lo plantea
el profesor Dominique implican el procedimiento de los litigios
surgidos de la actuación administrativa, que conlleva dos aspectos, uno
contencioso y otro administrativo640.
Así las cosas, en esta parte se trata rán todas las actuaciones que se surten
dentro del proceso ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo,
actividad administ rativa, donde por lo general es parte la Administración641 .
639 Migu el. Derecho Procesal Administrativo, op. cit., p. 1, lo
deja ver en los siguientes términos: “En todos estos casos y en otros muchos que
pueden llegar a producirse, surge una cuestión contenciosa para resolver, por lo
cual es necesario un pronunciamiento de los órganos jurisdiccionales, deduciendo
al efecto la acción que corresp onda conforme a la legislación del respectivo país”.
640 Dom inique. Contentieux administratif, op. cit., p. 5, textualment e dice: «Le
-
641 Cuando se hace referencia a que la Adm inistración por lo general desar rolla la actividad
administ rativa, estamos haciendo alu sión a que esta no es exclusiva de la misma, porque en
determina das circunstancia s, los particulares pueden de sarrollar función ad ministrativa.
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EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Las actuaciones que se surten ante la jurisdicción de lo contencioso
en sus características como en los presupuestos que las asisten; por esta razón
administrativo, así:
- Es fundamentalmente rogado
- For malista
- Con visos de oralidad dentro de un sistema escrito
- De contradicción
- Es un proceso por audiencias
- Permite la utilización de medios electrónicos
1. EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMI NISTR ATIVO, ES
Cuando nos referimos a que el procedimiento contencioso administrativo
es fundamentalmente rogado, estamos haciendo alusión a la iniciativa en
cuanto a las actuaciones dentro del mismo y en estas circunstancias, hay
que decir que corresponde a las partes desplegar las actividades necesarias
para que el procedimiento se surta.
En efecto, desde el inicio de la actuación contenciosa, le asiste a la parte
actora en este caso, la obligación de instaurar la demanda, para que el
aparato jurisdiccional entre en funcionamiento y se dé comienzo al trámite
procesal correspondiente642; igual cosa ocurre con otras actuaciones, tales
a de la
parte la que genera el trámite correspondiente. Por las razones anteriores,
642 El artículo 179 de la Ley 1437 de 2011, hace referencia a la presentación de la dema nda
como actuación inicial d e la primera etapa del proceso contencioso admi nistrativo.
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no estamos de acuerdo con la expresión del profesor
, cuando dice que el proceso contencioso administrativo es
inquisitivo, porque la iniciativa probatoria no le asiste exclusivamente a
las partes sino igualmente al juez643, debido a que la facultad para decretar
no sea exclusivamente rogado, sino fundamental o principalmente.
Es muy difícil entrar a encasillar este proceso como estricto o exclusivamente
inquisitivo, como lo hace el profesor Betancur Jaramillo, cuando las actuaciones
más importantes dentro del mismo tienen iniciativa en las partes, ya sea
demandante o demandada; o si no que lo diga la parte actora, quien es la que
instaura la demanda y que sin ella el proceso no se podría iniciar.
Ni siquiera en las acciones públicas, el juez administrativo inicia el trámite
iniciarlo, la cual se concreta en el escrito demandatorio644.
El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
trata del control inmediato de legalidad de los actos administrativos dictados
en desarrollo de los decretos legislativos de los estados de excepción, evento
en el cual, corresponde a la autoridad administrat iva enviarlos a la Jurisdicción
de lo Contencioso Administrativo para el control de legalidad, pero si no lo
hace, es obligación de la autoridad judicial aprehender dicho control645.
2. FORMA LISTA
Implica que las actuaciones que se surten dentro del proceso contencioso
643 Carlos. Derecho procesal administra tivo, op. cit., pp. 128 y 129.
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administ rativo; en igual forma, cuan do el ar tículo 207 del mismo código, hace alusión
al auto admisorio de la de manda, muestra cómo la misma debe ser present ada, para
que exista el pronunciamiento r especto a la admisión o inadmisión.
645 Ver artículo 136 de la Ley 1437 de 2011, que contempla el control inmediato de le-
galidad de dichos actos, el cual e s obligatorio y la jurisdicción lo asumirá de ma nera
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