Resolución ejecutiva número 384 de 2007, por la cual se prorroga el término de toma de posesión para administrar el Fondode Funcionarios y Empleados de la Justicia, FEJ. - 17 de Octubre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51605430

Resolución ejecutiva número 384 de 2007, por la cual se prorroga el término de toma de posesión para administrar el Fondode Funcionarios y Empleados de la Justicia, FEJ.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín46784

El Presidente de la Republica de Colombia, en uso de sus facultades legales y constitucionales, en especial de las previstas en el articulo 2° del Decreto 455 de 2004 y ultimo inciso del articulo 13 del Decreto 2211 de 2004, CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolucion 982 del 18 de octubre de 2005 la Superintendencia de la Economia Solidaria ordeno toma de posesion para administrar el Fondo de Funcionarios y Empleados de la Justicia, FEJ. El termino inicial de intervencion se fijo en un año.

Segundo. Que mediante Resoluciones 1014 del 18 de octubre de 2006, 20073500002945 del 16 de abril de 2007, 20073500004015 del 15 de mayo de 2007 y 20073500007135 del 5 de septiembre de 2007, se ha prorrogado el termino de intervencion, hasta el dia 18 de octubre de 2007, con la finalidad de encontrar formulas que permitan la recuperacion del citado fondo.

Tercero. Que el agente especial, A & C Consultoria y Auditoria Empresarial, mediante Radicado numero 20074400230582 de fecha 5 de septiembre de 2007, solicito prorroga por seis (6) meses para la terminacion del proceso liquidatorio de Fondo de Funcionarios y Empleados de la Justicia, FEJ, basado en que a la fecha el fondo ha pagado las deudas, por lo que su situacion financiera permitiria que los asociados continuaran al frente del fondo, previa transformacion de la entidad en cooperativa, para lo cual se debe convocar a una asamblea general.

Cuarto. Que el inciso final del articulo 13 del Decreto 2211 de 2004, establece: "(...) En todo caso, si en el plazo de un (1) año, prorrogable por un termino igual no se subsanaren las dificultades que dieron origen a la toma de posesion, la entidad de vigilancia y control dispondra la disolucion y liquidacion de la entidad. Lo anterior sin perjuicio de que el Gobierno por resolucion ejecutiva autorice una prorroga mayor cuando asi se requiera en razon de las...

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