Los trabajadores no están obligados a pagar un preaviso - 30 de Abril de 2016 - El Tiempo - Noticias - VLEX 637354661

Los trabajadores no están obligados a pagar un preaviso

En los contratos de trabajo por

duración de obra o labor contratada y a término indefinido no es obligatorio consagrar un preaviso.

Si la empresa demuestra daños por la renuncia intempestiva del trabajador puede reclamarle una indemnización”.

k Mónica Viviana Ceballos k contenido@elempleo.com Hasta el 2002, el preaviso se constituía como una prestación que debía pagar el trabajador o el empleador cuando decidía dar por terminada su relación laboral con el otro sin justa causa. El artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) señalaba que si el empleado renunciaba imprevistamente, sin justa causa comprobada, debía pagarle al empleador una indemnización equivalente a 30 días de salario, que podía descontarse de lo que se le adeudara por concepto de prestaciones sociales. El preaviso permitía que el trabajador y el empleador dispusieran de un tiempo razonable para buscar un nuevo empleo o para encontrar un sustituto para el cargo vacante, explica Juan Carlos Suárez, gerente de TH Plus. “Con la Ley 789 de 2002 se eliminó la obligatoriedad del preaviso para el trabajador, es decir, este puede terminar el contrato de trabajo en cualquier momento”, aseguró a elempleo.com Juan Manuel Charria, gerente de Charria y Asociados. Sin embargo, complementó Charria, el preaviso sigue vigente para el empleador en los contratos a término fijo , en los que debe avisar al trabajador...

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