Tribunales de arbitramento en el sector público - 10 de Enero de 2013 - El Tiempo - Noticias - VLEX 414604810

Tribunales de arbitramento en el sector público

La cláusula arbitral en los contratos celebrados por entidades públicas o de propiedad mayoritariamente estatal es una práctica que debe desaparecer o utilizarse únicamente por la vía de la excepción. Basta repasar las estadísticas en materia de laudos arbitrales, en los cuales, fruto de una disputa entre un particular y una entidad estatal, las condenas son asombrosa y extrañamente desfavorables a estas últimas, situación que se concreta en parálisis de proyectos y en millonarias sumas que se pagan con los impuestos de los colombianos.

No estoy en contra del arbitramento per se y admito que es un mecanismo moderno y mundialmente reconocido que ofrece una solución especializada, rápida y cómoda en la solución de controversias de alta complejidad. Sin embargo, en nuestro país se ha distorsionado la figura arbitral, de tal forma que se observan casos verdaderamente aberrantes.

Conocí uno ejemplarizante, en el cual una entidad pública abrió un proceso licitatorio para el mejoramiento de una infraestructura existente, el presupuesto estimado era de US$ 50 millones. Se recibieron ofertas, la entidad realizó el estudio y análisis de la documentación, para concluir que cuatro firmas, desde el punto de vista financiero, técnico y jurídico, estaban habilitadas legalmente para participar en la etapa final del proceso; se procedió entonces a abrir el sobre económico y, como corresponde en estos casos, se adjudicó el contrato al oferente que propuso el menor precio.

En la semana siguiente a la firma del contrato, se radicó la primera de 132 cartas donde el contratista pretendía, ya desde ese momento, mayores valores y exigía extensiones de plazo. Las reclamaciones argumentaban diversos inconvenientes: aumento en los precios internacionales del cobre, el acero y el aluminio; amenaza de paro en las ladrilleras y cementeras locales; demoras en los barcos que transportaban los materiales a causa de una ventisca que azotaba al Caribe por esos días. Argumentos aparentemente explicables, pero aprovechados de manera habilidosa y oportunista por el contratista.

Concluidos los 18 meses de plazo para la ejecución contractual, las 132 cartas se convirtieron en los anexos - soporte de la demanda arbitral entablada contra la entidad pública. Se contestó la demanda, y al año siguiente el laudo arbitral condenó a la empresa estatal al pago de US$ 30 millones, es decir, lo que iba a costar US$ 50 millones terminó costando US$ 80 millones.

Conclusión: la entidad que de...

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