El Juzgado Segundo de Familia de Tuluá, Valle,avisa que se decretó la interdicción judicial de Luis Octavio Suárez Valencia - 3 de Mayo de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 57462991

El Juzgado Segundo de Familia de Tuluá, Valle,avisa que se decretó la interdicción judicial de Luis Octavio Suárez Valencia

EmisorVarios
Número de Boletín47338

l Circuito de Pasto - Nariño, AVISA:

Que mediante sentencia proferida el veintitres (23) de junio de dos mil ocho (2008), dentro del proceso de Jurisdiccion Voluntaria numero 2007-00247-01 se declaro en Interdiccion por Demencia, al señor Fernando Burbano Guzman, mayor de edad, vecino y residente de la ciudad de Pasto, identificado con cedula de ciudadania numero 12957021 Pasto (N.). En consecuencia fue designado al señor Luis Carlos Burbano Guzman, titular de la cedula de ciudadania numero 12967883 de Pasto (N.), como Curador General Legitimo.

Para los efectos establecidos en el numeral 7 del articulo 659 del Codigo de Procedimiento Civil, se fija el presente aviso en un lugar visible de la Secretaria del Juzgado, hoy seis (6) de febrero de dos mil nueve (2009).

Se entrega copia del presente a la parte interesada para que la publique por lo menos una vez en el Diario Oficial y en el diario El Tiempo, editado en la Capital de la Republica.

El Secretario, Carlos Hernando Olarte Mutis.

El Secretario del Juzgado Tercero de Familia de Santa Marta, AVISA:

Al publico en general que dentro del proceso de Jurisdiccion Voluntaria promovida por la señora Sixta Isabel Erazo Marquez, en sentencia adiada 16 (dieciseis) de diciembre de 2008 (dos mil ocho) donde se decreto Interdiccion Judicial por Demencia a favor de Rafael Antonio Erazo Marquez, nacido el 2 de enero de 1951 en la Zona Bananera -Magdalena-, designandosele como curadora a la señora Sista Isabel Erazo Marquez, ya que por causa de su demencia el interdicto no tiene la libre administracion de sus bienes. La sentencia se encuentra notificada. Es de anotar que en este proceso se obvio la instancia de la consulta, con fundamento en el Decreto 3930 de 2008 articulo 7° "La ley derogase el articulo 39 de la Ley 794 de 2003, que modifico el articulo 386 del Codigo de Procedimiento Civil y todas las normas que establezcan la consulta, salvo lo consagrado para la accion de tutela", es decir, que las sentencias de interdiccion dentro de la vigencia de la norma transcrita no deben ser consultadas.

6 Se publica este aviso en cumplimiento a lo ordenado por el articulo 659 regla 7ª del Codigo de Procedimiento Civil;

para su insercion por una vez en el Diario Oficial, y en un diario o periodico de amplia circulacion nacional -E1 Tiempo o La Republica-. Hoy 6 de febrero de 2009, a las 8:00 de la mañana.

El Secretario, Jose Rafael Bravo Angulo.

Radicado: 239-08 Interdiccion Judicial.

La suscrita Secretaria del Juzgado Segundo de Familia de Cartagena, AVISA:

Al publico que mediante sentencia proferida por este Juzgado, de fecha junio veinticinco (25) de dos mil ocho (2008), se declaro la Interdiccion Definitiva, por retraso mental moderado, del señor joven Luis Fernando Raad Peñaranda, identificado con la Tarjeta de Identidad numero 90011763846 de C/gena., domiciliado y residenciado en esta ciudad.

Asi mismo se le informa que se le designo como Curadores del Interdicto a los señores Elias Raad Hernandez, identificado con la cedula de ciudadania numero 73072176 de Cartagena y Marlene Jaqueline Peñaranda Avila, con cedula de ciudadania numero 33197651 de Magangue. Para constancia se expide...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR