Resolución número 4254 de 2007, por la cual se autoriza al Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias para realizar una operación de manejo de deuda pública externa con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, BIRF. - 26 de Diciembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51685811

Resolución número 4254 de 2007, por la cual se autoriza al Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias para realizar una operación de manejo de deuda pública externa con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, BIRF.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín46853

El Director General de Credito Publico y del Tesoro Nacional, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren el articulo 27 del Decreto numero 2681 de 1993, Resolucion 2650 de 12 noviembre de 1996 y la Resolucion numero 2822 del 30 de diciembre de 2002, y CONSIDERANDO:

Que el Distrito Turistico y Cultural de Cartagena de Indias y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento, BIRF, celebraron el 10 de diciembre de 1999, un Contrato de Prestamo Externo numero BIRF 4507-CO con garantia de la Nacion por US$85.000.000;

Que el dia 26 de julio de 2006, el Distrito Turistico y Cultural de Cartagena de Indias y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento, BIRF, suscribieron una modificacion al contrato mencionado en el considerando anterior, el cual en adelante es referenciado como BIRF 7404-CO (antes BIRF 4507-CO);

Que mediante oficio con radicado en el Ministerio de Hacienda y Credito Publico numero 1-2007-071068 del 10 de diciembre de 2007, la alcaldia de Cartagena de Indias solicito al Ministerio de Hacienda y Credito Publico autorizacion para celebrar una operacion de manejo de deuda consistente en la conversion de moneda de dolar - peso del Credito BIRF 7404-CO (antes 4507-CO) celebrado el 10 de diciembre de 1999 entre el Distrito Turistico de Cartagena de Indias y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento, BIRF, el cual cuenta con la garantia de la Nacion;

Que el articulo 5° del Decreto 2681 de 1993, estipula que constituyen operaciones de manejo de la deuda publica las que no incrementan el endeudamiento neto de la entidad estatal y contribuyen a mejorar el perfil de la deuda de la misma. Estas operaciones, en tanto no constituyen un nuevo financiamiento, no afectan el cupo de endeudamiento. Dentro de las anteriores operaciones se encuentran comprendidas, entre otras, la refinanciacion, reestructuracion, renegociacion, reordenamiento, conversion o intercambio, sustitucion, compra y venta de deuda publica, los acuerdos de pago, el saneamiento de obligaciones crediticias, las operaciones de cobertura de riesgos, la titularizacion de deudas de terceros, las relativas al manejo de la liquidez de la Direccion del Tesoro Nacional y todas aquellas operaciones de similar naturaleza que en el futuro se desarrollen;

Que conforme a lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR