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Acción de Tutela para proteger el derecho de petición

AutorDayana Diaz
Actualizado aSeptiembre 2016

Señor

JUEZ DE LA REPÚBLICA (Reparto)

[Ciudad]

E.S.D.

Referencia: Acción de tutela por vulneración del derecho de petición interpuesta por [Nombre del accionante], identificado con cédula de ciudadanía Nº [Número de documento], contra [Nombre de la entidad o particular accionado].

HECHOS

  • El [Fecha de presentación de la solicitud], ejercí mi derecho de petición ante [Nombre de la entidad o particular accionado], solicitando [Descripción de la información o acción requerida].
  • Han transcurrido más de [Número de días desde la presentación] días desde la presentación de mi solicitud sin recibir respuesta alguna, incumpliendo los términos establecidos por la ley para la resolución de peticiones.

PRETENSIONES

Solicito al honorable juzgado:

  • Declarar la vulneración de mi derecho fundamental de petición por parte de [Nombre de la entidad o particular accionado].
  • Tutelar mi derecho fundamental de petición.
  • Ordenar a [Nombre de la entidad o particular accionado] que, en un plazo no mayor a 48 horas tras la notificación de esta sentencia, emita una respuesta de fondo a mi solicitud, conforme a la normativa y jurisprudencia colombianas.

DERECHOS VULNERADOS

Derecho Fundamental de Petición, consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

La acción se fundamenta en la jurisprudencia de la Corte Constitucional y la Ley Estatutaria 1755 de 2015, que establecen la obligación de resolver toda petición en términos específicos y sancionan la omisión en la respuesta.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La presente acción se sustenta en:

La acción de tutela es el mecanismo procedente para determinar la violación del derecho de petición. En esa dirección, la sentencia T-084 de 2015 sostuvo que “la tutela es un mecanismo idóneo para proteger el derecho de petición de los administrados, toda vez que por medio del mismo se accede a muchos otros derechos constitucionales”.

El derecho de petición, según la jurisprudencia constitucional, tiene una finalidad doble: por un lado permite que los interesados eleven peticiones respetuosas a las autoridades y, por otro, garantiza una respuesta oportuna, eficaz, de fondo y congruente con lo solicitado. Ha indicado la Corte que “(…) dentro de sus garantías se encuentran (i) la pronta resolución del mismo, es decir que la respuesta debe entregarse dentro del término legalmente establecido para...

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