Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 4 de Febrero de 2010
Fecha | 04 Febrero 2010 |
Número de expediente | 45985 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE DECISIÓN PENAL DE TUTELAS
Magistrado Ponente:
Y.R.B.
Aprobado Acta No. 033
Bogotá, D.C., febrero cuatro (4) de dos mil diez (2010).
Decide la Sala la impugnación interpuesta por el doctor O.R.A., J. del Área Jurídica del Departamento Administrativo de Seguridad "DAS", contra la sentencia proferida el 28 de octubre de 2009 por una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Santa Marta, a través de la cual amparó los derechos fundamentales al debido proceso y defensa del ciudadano J.C.P.Q., presuntamente vulnerados por la entidad recurrente.
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:
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El accionante se vinculó al Departamento Administrativo de Seguridad "DAS" el 19 de febrero de 1999, laborando en forma continua e ininterrumpida hasta que mediante resolución No. 659 del 17 de junio de 2009, previa recomendación realizada por la Subdirección de Contrainteligencia -artículo 27 del Decreto 643 de 2004 y Decreto 4662 de 2005- fue retirado del servicio con base en las facultades previstas en el literal b) del artículo 66 del Decreto 2147 de 1989 y 1° del Decreto 1679 de 1991, pronunciamiento que fue notificado personalmente al interesado.
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El 2 de octubre siguiente, J.C.P.Q. acude directamente al juez de tutela en busca de protección para los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, defensa, trabajo y seguridad social, porque considera la decisión proferida por el DAS como una típica vía de hecho si se tiene en cuenta que carece de motivación, situación que le impiden conocer cuáles ""fueron las razones ciertas y legales que aconsejaban su expulsión de la institución para la mejora del servicio", lo anterior sobra mayor relevancia si se tiene en cuenta que en reconocimiento de sus calidades personales y profesionales había sido ascendido de grado y felicitado en muchas ocasiones, motivo por el cual solicita se suspenda la resolución No. 659 del 17 de junio de 2009, y en consecuencia, se proceda a ordenar el inmediato reintegro al cargo que venía desempeñando,
""mientras que la Jurisdicción Contencioso Administrativa decida sobre las pretensiones de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que llegue a presentar dentro del plazo de caducidad".
TRÁMITE DE LA ACCIÓN:
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La Sala Penal del Tribunal Superior de Santa Marta competente admitió la demanda de tutela y ordenó vincular a la autoridad accionada.
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El doctor O.R.A., J. del Área Jurídica del Departamento Administrativo de Seguridad "DAS" se opuso a las pretensiones del accionante, efectos para los cuales señaló que contrario a lo señalado por el actor basta con observar la decisión proferida el 17 de junio de 2009 para establecer que allí de manera razonada se exponen los motivos por los cuales el actor fue retirado del servicio, además de no demostrar un perjuicio irremediable, dispone de otro medio de defensa judicial, pues si a bien lo tiene puede acudir a la jurisdicción contenciosa administrativa.
SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA:
Una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta resolvió amparar los derechos fundamentales al debido proceso y defensa de J.C.P.Q., por considerar que el acto administrativo objeto...
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