Resolución número 3293 de 2013, por la cual se concede Licencia de Funcionamiento al Centro de Desarrollo Comunitario Versalles la ciudad de Pereira, Risaralda, para atender niños, niñas y adolescentes, menores de 14 años que se presuma o hayan incurrido en la comisión de un delito; en la modalidad de Centro de Emergencia Sistema de Responsabilidad Penal para adolescentes - 1 de Febrero de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 489418474

Resolución número 3293 de 2013, por la cual se concede Licencia de Funcionamiento al Centro de Desarrollo Comunitario Versalles la ciudad de Pereira, Risaralda, para atender niños, niñas y adolescentes, menores de 14 años que se presuma o hayan incurrido en la comisión de un delito; en la modalidad de Centro de Emergencia Sistema de Responsabilidad Penal para adolescentes

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín49051

La Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Cecilia de la Fuente de Lleras

Regional Risaralda, en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 7a de 1979, el Decreto 2388 de 1979, artículo 78 de la Ley 489 de 1998, la Ley 1098 de 2006, el Decreto 0987 de 2012 y la Resolución número 3899 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que la entidad denominada Centro de Desarrollo Comunitario Versalles cuenta con Personería Jurídica vigente, reconocida mediante la Resolución número 1966 del 19 de noviembre de 1992 por parte del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Regional de Caldas y tiene sus Estatutos vigentes.

Que la Institución Centro de Desarrollo Comunitario Versalles, presentó solicitud de Otorgamiento de Licencia de Funcionamiento por escrito para la modalidad Centro de Emergencia Sistema de Responsabilidad Penal para adolescentes, cuya población objeto de atención es niños, niñas y adolescentes, menores de 14 años que se presuma o hayan incurrido en la comisión de un delito, el día veinticuatro (24) de octubre de dos mil trece (2013), radicación interna número 007593 y anexó los soportes que dan cuenta del cumplimiento de los requisitos de que trata la Resolución número 3899 de 2010.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, numeral 8 de la Ley 7a de 1979, corresponde al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar otorgar Licencia de Funcionamiento a las instituciones y Establecimientos de Protección al menor de edad y a la familia, y señalar y hacer cumplir los requisitos de funcionamiento a dichas instituciones.

Que el artículo 16 del Decreto 2388 de 1979, reglamentario de la Ley 7a del mismo año, determina que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en la reglamentación interna que para el efecto expida, establecerá la obligación que tienen las Instituciones Públicas o Privadas de protección al menor y a la familia, cualquiera sea su naturaleza jurídica o su...

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