Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Seccional de Purificación, Tolima El Registrador de Instrumentos Públicos, Seccional de Purificación, Tolima, emplaza a Tomás Villanueva, Abel Rodríguez Villanueva y Beatriz Villanueva de Rodríguez - 18 de Febrero de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 76705995

Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Seccional de Purificación, Tolima El Registrador de Instrumentos Públicos, Seccional de Purificación, Tolima, emplaza a Tomás Villanueva, Abel Rodríguez Villanueva y Beatriz Villanueva de Rodríguez

EmisorVarios
Número de Boletín47627

de Bogota, D. C., Zona Sur autos la Anotacion cinco AUTO DE 2009 (Expediente 081 de 2008) El Registrador Principal de Instrumentos Publicos de Bogota, Zona Sur, en uso de sus Articulo 3°. facultades legales y en especial de las conferidas por el articulo 25 de la Resolucion numero Castaño Peñaloza, 4174 de 1984 de la Superintendencia de Notariado y Registro, el Decreto 0412 de 2007 y el ejercer el derecho Decreto-ley 1250 de 1970, y CONSIDERANDO QUE:

...

DISPONE:

Articulo 1° Iniciar Actuacion Administrativa tendiente a revocar la Anotacion 18 del Folio de Matricula Inmobiliaria 50S-4209, por contrariar lo dispuesto en el articulo 681 del Codigo de 40102213. Procedimiento Civil acorde con la parte considerativa del presente auto y formese el expediente respectivo segun lo establecido por el articulo 29 del Codigo Contencioso Administrativo. Articulo 2°

Ordenese la practica de pruebas y alleguense las informaciones que sean necesarias, para el perfeccionamiento de la presente Actuacion Administrativa de acuerdo con lo establecido en los articulos 34 y 58 del Codigo Contencioso Administrativo. Articulo 3°. Citense como terceros determinados al representante legal del Banco Colpatria Red Multibanca Colpatria S. A. para que previa notificacion de esta decision, comparezcan al proceso a ejercer el derecho que les asiste en su condicion de acreedor, dentro de los cinco dias siguientes a su notificacion, y al señor Ravelo Alarcon Pastor de Jesus, o por edicto y con publicacion del presente auto en el Diario Oficial a costa de esta oficina, o en un diario de amplia circulacion nacional a costa de los interesados. (Articulos 14 y 15 del Codigo Contencioso Administrativo).

Articulo 4° Oficiar al Juzgado Cuarto Civil del Circuito Proceso 2007-526 de Banco Colpatria Red Multibanca Colpatria a Niño Cantor Jaime, Expediente 2008-081, solicitando disponga la cancelacion del acto de registro relacionado con la medida cautelar de embargo registrada en la Anotacion 18.
Articulo 5° Contra el presente auto, no procede recurso alguno.
Articulo 6° La presente providencia rige a partir de la fecha de su expedicion. El Registrador Notifiquese, comuniquese, publiquese y cumplase.

4174 de 1984 de la Dado en Bogota, D. C., a 27 de mayo de 2009.

El Registrador Principal ORIP Bogota, Zona Sur, Rene Alejandro Vargas Laverde.

(C.F.) AUTO DE 2009 (diciembre 14) presente auto. Y por el cual se inicia Actuacion Administrativa tendiente a excluir un asiento registral. Articulo 2°. (Expediente 040 de 2009) El Registrador Principal de Instrumentos Publicos de Bogota, Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el articulo 25 de la Resolucion numero Articulo 3°. 4174 de 1984 de la Superintendencia de Notariado y Registro, el Decreto 0412 de 2007 y el Decreto-ley 1250 de 1970, y La Coordinacion de Documentacion de la Subdireccion de Gestion de Recursos Fisicos de la Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales del Nivel Central, dando cumplimiento a lo ordenado en la parte resolutiva de los actos administrativos, proferidos por la Division de Arancel de la Subdireccion Tecnica Aduanera, "por medio de la cual se expide una subpartida Arancelaria" y que se relaciona(n) a continuacion, procede a PRODUCTO A CLASIFICAR DESCRIPCION SUBPARTIDA "PLANTA COGENERADORA DE ENRGIA Unidad Funcional para la obtencion de 8502.20.10.00 CON BASE A GAS NATURAL" energia electrica de corriente alterna, cuyos elementos principales son los grupos electrogenos.

"SEPARADOR DEDOS FORMA CAManufactura de silicona, con forma de 3926.90.90.90 RRETE" carrete.

"JUEGO SABANAS SENCILLA 3 Ropa de cama, estampada, elaborada en 6302.22.00.00 PIEZAS" fibras sinteticas.

"JUEGO SABANAS SENCILLA 3 Ropa de cama, estampada, elaborada en 6302.22.00.00 PIEZAS" fibras sinteticas.

"PALETA DE SEÑALIZACION" Paleta octogonal plastica de poliestireno 3926.90.90.90 de alto impacto para señalizacion.

"MEDIAS PLANTILLAS DE SILICONA Medias plantillas para usar en el interior 6406.99.30.00 ANATOMICAS" del calzado.

"PLANTILLAS DESACANSO CON Plantillas amovibles para calzado. 6406.99.30.00 BOVEDA METATARSAL" (C.F.) v A r i o s CONSIDERANDO QUE:

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DISPONE:

Articulo 1° Iniciar Actuacion Administrativa tendiente a dejar sin valor ni efecto juridico (5) del Folio de Matricula Inmobiliaria 50S-40102213, por contrariar lo dispuesto en el articulo 82 del Decreto 1250 de 1970 acorde con la parte considerativa del presente auto y formese el expediente respectivo segun lo establecido por el articulo 29 del Codigo Contencioso Administrativo. Articulo 2°

Ordenese la practica de pruebas y alleguense las informaciones que sean necesarias, para el perfeccionamiento de la presente Actuacion Administrativa de acuerdo con lo establecido en los articulos 34 y 58 del Codigo Contencioso Administrativo. Citense como terceros determinados a Castaño Marin Hernando y Marleny para que previa notificacion de esta decision, comparezcan al proceso a que les asiste, dentro de los cinco dias siguientes a su notificacion, o por edicto y con publicacion del presente auto en el Diario Oficial a costa de esta oficina, o en un diario de amplia circulacion nacional a costa de los interesados. (Articulos 14 y 15 del Codigo Contencioso Administrativo). Articulo 4°. Oficiar al Juzgado 64 Penal Municipal Proceso 1100144004064 20050021800 procesado Hernando Castaño Marin, informando que ya se inicio Actuacion Administrativa tendiente a dejar sin valor ni efecto juridico la Anotacion cinco (5) del Folio de Matricula 50SArticulo 5°. Contra el presente auto, no procede recurso alguno.

Articulo 6° La presente providencia rige a partir de la fecha de su expedicion.

Notifiquese, comuniquese, publiquese y cumplase.

Dado en Bogota, D. C., a 14 de diciembre de 2009.

El Registrador Principal ORIP Bogota, Zona Sur (E.), Omar Garces Fernandez.

(C.F.) AUTO DE 2009 (diciembre 17) por el cual se inicia Actuacion Administrativa tendiente a revocar unos asientos registrales. (Expediente 238 de 2009) Principal de Instrumentos Publicos de Bogota, Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el articulo 25 de la Resolucion numero Superintendencia de Notariado y Registro, el Decreto 0412 de 2007 y el Decreto-ley 1250 de 1970, y CONSIDERANDO QUE:

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DISPONE:

Articulo 1°

Iniciar Actuacion Administrativa tendiente a dejar sin valor ni efecto juridico la Anotacion siete (7) del Folio de Matricula Inmobiliaria 50S-1015582, por contrariar lo dispuesto en el articulo 82 del Decreto 1250 de 1970 y la Ley 70/31 acorde con la parte considerativa del formese el expediente respectivo segun lo establecido por el articulo 29 del Codigo Contencioso Administrativo. Ordenese la practica de pruebas y alleguense las informaciones que sean necesarias, para el perfeccionamiento de la presente Actuacion Administrativa de acuerdo con lo establecido en los articulos 34 y 58 del Codigo Contencioso Administrativo. Citense como terceros determinados a Banco Santander Colombia S. A. en calidad de acreedor, Morales Jose Antonio, dentro de los cinco dias siguientes a su notificacion o por edicto y con publicacion del presente auto en el Diario Oficial a costa de esta oficina, o 10 en un diario de amplia circulacion nacional a costa de los interesados. (Articulos 14 y 15 del Codigo Contencioso Administrativo).

Articulo 4° Comunicar al Juzgado 44 Civil Municipal de Bogota, proceso ejecutivo de: Banco Santander Colombia S

A. contra Morales Jose Antonio, Exp. 238 de 2009, informando que ya se inicio Actuacion Administrativa tendiente a dejar sin valor ni efecto juridico la Anotacion siete (7) del Folio de Matricula 50S-1015582. Articulo 5°. Contra el presente auto, no procede recurso alguno en sede gubernativa Articulo 6°. La presente providencia rige a partir de la fecha de su expedicion.

Notifiquese, comuniquese, publiquese y cumplase.

Dado en Bogota, D. C., a 17 de diciembre de 2009.

El Registrador Principal (E.) ORIP Bogota, Zona Sur, Omar Garces Fernandez.

(C.F.) AUTO DE 2009 (diciembre 21) por el cual se inicia Actuacion Administrativa tendiente a establecer la real situacion juridica del Folio de Matricula 50S-237856.

(Expediente 218 de 2009) El Registrador Principal de Instrumentos Publicos de Bogota, Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el articulo 25 de la Resolucion numero 4174 de 1984 de la Superintendencia de Notariado y Registro, el Decreto 0412 de 2007 y el Decreto-ley 1250 de 1970, y CONSIDERANDO QUE:

...

DISPONE:

Articulo 1° Iniciar Actuacion Administrativa tendiente a excluir la X de propietario de las Anotaciones 3,...

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