Si el Señor YYYYYY casado con la Señora Harold Ferney Parra OrtizX siendo los dos propietarios del predio ubicado en la Carrera 300 No. 320- 15 Apartamento 8 del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, presenta su pago el 10 de marzo de 2012 y la señora desconociendo este hecho paga por el mismo predio el 15 de marzo de 2012 ¿cuál pago tiene validez?
Autor | Harold Ferney Parra Ortiz |
Cargo del Autor | Abogado, especialista en derecho tributario de la Universidad de Salamanca |
Páginas | 183-184 |
Preguntas y Respuestas 183
(016) Si el Señor YYYYYY casado con la Señora XXXXXX siendo los dos
propietarios del predio ubicado en la Carrera 300 No. 320-15 Apartamento 8 del
Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, presenta su pago el 10 de
marzo de 2012 y la señora desconociendo este hecho paga por el mismo predio el 15
de marzo de 2012 ¿cuál pago tiene validez?.
JURISPRUDENCIA, Solidaridad Propietario poseedor
6 El inmueble volvió al patrimonio del Banco por escritura pública de 24 de octubre de 1996, registrada el 31 del mismo mes,
en virtud de la dación en pago que le hiciera INMOBILIA INVERSIONES INMOBILIARIAS LIMITADA.
7 Pues, a pesar de haber entregado la posesión del predio, no había hecho la tradición (artículo 922 del Código de Comercio),
la cual se cumplió el 29 de marzo de 1995.
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