El Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, avisa que Zonia Peñaloza Morales en calidad de curadora provisional de Angélica María Bonilla Peñaloza en calidad de hija ha solicitado a la Oficina Regional del Fondo Prestacional de Bogotá el reconocimiento, sustitución y pago de las prestaciones socioeconómicas que puedan corresponder a Flor Marina Peñaloza Morales. - 22 de Septiembre de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 322029651

El Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, avisa que Zonia Peñaloza Morales en calidad de curadora provisional de Angélica María Bonilla Peñaloza en calidad de hija ha solicitado a la Oficina Regional del Fondo Prestacional de Bogotá el reconocimiento, sustitución y pago de las prestaciones socioeconómicas que puedan corresponder a Flor Marina Peñaloza Morales.

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Número de Boletín48200
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