2. La imputación: construir el retrato social del adolescente - Entre juicios: juventudes marginadas y su relación con el estado y el sistema judicial - Libros y Revistas - VLEX 951516534

2. La imputación: construir el retrato social del adolescente

AutorAndrea García-González
Páginas74-141
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La imputación:
construir el retrato social
del adolescente
La audiencia de legalización de captura, en el caso de Maikol, se lleva a
cabo bajo la figura jurídica de una “audiencia concentrada”. Eso quiere
decir que todas las “audiencias preliminares” previstas por la ley se realizan
en una misma diligencia, juntando tres procesos que están estrechamente
relacionados: a) la legalización de la captura (que describí en el capítulo
anterior), b) la imputación de cargos y, en caso de que se requiera, c) la
solicitud de una medida de aseguramiento. El objetivo de una audiencia
concentrada es abreviar el proceso y solucionar varias peticiones
provenientes de los agentes del estado intervinientes antes de ingresar en el
proceso extenso de investigación penal.25
Esta medida (para alivianar los procesos e instancias judiciales) resulta
necesaria en medio de un sistema de justicia que, en general (sin diferenciar
la jurisdicción de los adultos y la de los menores de edad), se caracteriza
por “la permanente congestión de los despachos judiciales, por el bajo
rendimiento en el trámite de los procesos, por la mala distribución
geográfica de los recursos y por una inadecuada planeación sectorial”
(Rodríguez, 2012, p. 28). De este modo, Maikol se ve sometido a tres
audiencias consecutivas en el hospital un día después de los hechos.
Después de aprobar la legalidad de la captura de Maikol, la juez Sonia
otorga la palabra a la fiscal Rita para que realice la imputación sobre el
adolescente (esto es, para otorgarle culpas).26 Sobre esto, dice Rita en la
audiencia, dirigiéndose a todos los presentes (Maikol, la madre del joven,
Wilson, Sonia y Piedad): “Me permito formular imputación fáctica, esto
quiere decir que le voy a contar al adolescente por qué delito lo va a
investigar la fiscalía […] Yo no estuve allá, pero tengo todas estas
diligencias que quiero que conozca”.
Luego de estas palabras, Rita enuncia las pruebas que, desde su
interpretación del adolescente y el caso, señalan a Maikol como el culpable
del homicidio.
Inicia con el informe de primer respondiente que contiene, como lo
hemos visto, la descripción de los rasgos físicos y de las prendas de vestir
del homicida que había hecho Pedro (el administrador de La Rocolita) y
que coincidía con la ropa que portaba Maikol en el momento de su captura.
La fiscal menciona también el acta de derechos del capturado y la
constancia de buen trato que suscribieron los agentes de policía José y
Orlando, Maikol y su madre, y finalmente presenta el informe de la
inspección técnica al cadáver de la víctima, de quien en vida se llamaba
Jefferson y que tenía 30 años.
Rita indica también dentro de sus pruebas un “bosquejo topográfico”
del lugar de los hechos, el cual consiste en un formato dado que cuenta con
una cuadrícula para que el policía judicial27 a cargo elabore un diagrama del
sitio. El esquema de La Rocolita muestra la distribución del lugar, la
ubicación de la barra, la pista de baile, las sillas, las mesas, los baños y
orinales; todos estos se pintan como módulos y se hace referencia a la
cantidad de espacio en metros que ocupa cada uno y su distancia con un
punto de referencia. Igualmente, establece la ruta de entrada y salida del
establecimiento y las calles que le son colindantes.
Luego, Rita presenta su prueba estrella: el testimonio dado por Pedro,
para, posteriormente, proceder a hacer la imputación:
Artículo 103 (del Código Penal, Ley 599 de 2000) dice: El que matare a otro, utilizar un
arma idónea en este caso un elemento cortopunzante, un arma blanca y lesionar partes
vitales del cuerpo humano… Pues la intención es matar, la intención es causar el mayor
daño posible. El occiso tiene herida en la cabeza y dos en el cuello, lo que le ocasionó la
muerte minutos después de que ingresara en este hospital, razón por la cual se infiere que
sí tuvo intención dolosa de causar la muerte a este ciudadano.
Luego de acusar directamente a Maikol como el responsable del deceso
de Jefferson, Rita explica las consecuencias de cometer este delito. El
nombre jurídico del crimen del cual Maikol es acusado es el de “homicidio
simple” y las penas que le corresponden oscilan, en la jurisdicción de
adultos, entre un mínimo de diecisiete años y cuatro meses de prisión y un
máximo de treinta y seis años y seis meses de cárcel.28 Sin embargo, al ser
Maikol un menor de edad, no es posible imponer esta pena. Colombia se ha
acogido, desde 2006, a un nuevo modelo de justicia juvenil que excluye la
cárcel como una sanción posible y “deja” la privación de libertad en un
centro especializado como la ultima ratio.29 Entonces, refiriéndose a
Maikol, la fiscal dice:
A los adolescentes como usted se les imponen son sanciones pedagógicas, educativas,
pero igual hay que responder por el delito cometido (Y le asegura proféticamente). Desde
ya, le digo que, por la gravedad y modalidad de este delito, la medida o la sanción sí es la
privación de libertad en un centro de atención especializado.
Una vez terminada la exposición de la imputación, Rita hace una
propuesta directa a Maikol: “Si usted, hoy, en esta audiencia en forma libre

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