Acuerdo número 02 de 2013, por el cual se adoptan las condiciones de acceso de los afiliados al modelo anticipado de solución de vivienda - 7 de Junio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 440517162

Acuerdo número 02 de 2013, por el cual se adoptan las condiciones de acceso de los afiliados al modelo anticipado de solución de vivienda

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía (Caprovimpo)
Número de Boletín48814

La Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial la contenida en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley 353 de 1994, modificado por el artículo 5º de Ley 973 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía se encuentra regida por el Decreto-ley 353 de 1994, modificado parcialmente por la Ley 973 de 2005 y la Ley 1305 de 2009, y tiene como objeto facilitar a sus afiliados la adquisición de vivienda propia, mediante la realización o promoción de todas las operaciones del mercado inmobiliario, incluidas las de intermediación, la captación y administración del ahorro de sus afiliados y el desarrollo de las actividades administrativas, técnicas, financieras y crediticias que sean indispensables para el mismo efecto; así mismo podrá administrar las cesantías del personal de la Fuerza Pública, que haya obtenido vivienda de conformidad con lo dispuesto por el Gobierno Nacional.

Que la naturaleza de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, fue modificada en el sentido de determinar que es una Empresa Industrial y Comercial del Estado de carácter financiero del orden nacional, organizada como establecimiento de crédito, de naturaleza especial, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente, vinculada al Ministerio de Defensa Nacional y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Que el Gobierno Nacional busca incentivar el crecimiento económico y aumentar la generación de empleo, dentro de un marco de cohesión social, priorizando el desarrollo de sectores estratégicos, denominados "locomotoras", donde el sector de la vivienda ocupa un lugar preponderante.

Que en razón de la naturaleza jurídica y al objeto social de la Entidad, esta debe alinear sus políticas generales de acceso a la vivienda, a las directrices generales dictadas por el Gobierno Nacional, a través del Plan Nacional de Desarrollo.

Que en este sentido, la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, deberá en la estructuración, desarrollo y ejecución de los modelos de atención, tener en cuenta la Política General de Vivienda del Gobierno Nacional, teniendo como objetivo principal el otorgamiento de las soluciones de vivienda a sus afiliados y el alcance de las metas que se establezcan en el Plan Nacional de Desarrollo.

Que con la expedición de la Ley 1305 del 3 de junio de 2009, se creó el modelo anticipado de solución de vivienda, facultando a la Junta Directiva de la Entidad a determinar sus condiciones para su acceso.

Que mediante el Capítulo II del Acuerdo 01 de 2011, la Junta Directiva de la Entidad determinó las condiciones de acceso al modelo anticipado de solución de vivienda.

Que con el fin de propiciar circunstancias de amplitud para facilitar a los afiliados de Caprovimpo la adquisición la vivienda propia, propendiendo a la vez por...

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