Resolución número 000507 de 2013, por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición - 15 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 436646246

Resolución número 000507 de 2013, por medio de la cual se resuelve el recurso de reposición

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín48791

El Superintendente Nacional de Salud, en ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias que le confieren la Ley 100 de 1993, el Decreto-ley 663 de 1993, la Ley 1122 de 2011, el Decreto número 1018 de 2007, la Ley 1438 de 2011 y demás normas concordantes y complementarias, y

CONSIDERANDO:

  1. Antecedentes

    La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud rindió informes sobre la situación financiera de la Asociación Indígena del Cauca (AIC) EPSSI, con corte a marzo de 2012 y junio de 2012, los cuales reflejaron hallazgos negativos respecto al margen de solvencia y patrimonio mínimo, generando riesgo en la prestación de los servicios de salud ofertados a su población afiliada y al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

    Mediante la Resolución número 002630 del 24 de agosto de 2012, la Superintendencia Nacional de Salud decretó la medida cautelar de vigilancia especial sobre la "Asociación Indígena del Cauca (AIC) EPSSI", como Instituto de Salvamento y Protección de la Confianza Pública (Cfr. Fls. 18 al 92), decisión que fue notificada el 30 de agosto de 2012 al representante legal de la vigilada.

    El 6 de septiembre de 2012, mediante escrito radicado bajo el número 1-2012-081543, la "Asociación Indígena del Cauca (AIC) EPSSI", interpuso recurso de reposición contra la Resolución número 002630 del 24 de agosto de 2012 (Cfr. Fls. 223 al 244).

    El 29 de septiembre de 2012, mediante Memorando número 3-2012-014605, la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud informó que la "Asociación Indígena del Cauca (AIC) EPSSI" desde el punto de vista técnico, no había desvirtuado la existencia del margen de solvencia negativo para los periodos con corte a junio y diciembre de 2011, marzo y junio de 2012, y además indicó que no había remitido la información financiera para el trimestre correspondiente a septiembre de 2011, por lo que recomendó mantener la medida adoptada. (Cfr. Fls. 250 a 259).

    La Superintendencia Nacional de Salud, mediante la Resolución número 002630 del 24 de agosto de 2012 modificó mediante Resolución número 002976 del 2 de octubre de 2012, en el sentido de remover al revisor fiscal y designar a un Contralor y permitir que de manera excepcional realizar nuevas afiliaciones. (Cfr. Fls. 265 a 276).

    El 10 de octubre de 2012, mediante escrito radicado bajo el número 1-2012-092986, la "Asociación Indígena del Cauca (AIC) EPSSI", interpuso recurso de...

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