Resolución número 000141 de 2014, por la cual se adicionan las Resoluciones número 000007y 000010 del 4 de noviembre de 2008 - 17 de Julio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 520180790

Resolución número 000141 de 2014, por la cual se adicionan las Resoluciones número 000007y 000010 del 4 de noviembre de 2008

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín49215

El Director de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los numerales 5 y 23 del artículo 6º del Decreto número 4048 de 2008,

CONSIDERANDO:

Que en el Anexo 2, numeral V, sobre integración y desarrollo fronterizo del Acta de Lima de la XII reunión del Consejo Presidencial Andino celebrada el 10 de junio de 2000, en el marco del Programa de Acciones para la conformación del Mercado Común Andino, se determinó establecer Centros Binacionales de Atención en Frontera;

Que mediante la Decisión número 502 del 22 de junio de 2001, se adoptó el régimen para los Centros Binacionales de Atención en Frontera (CEBAF) de la Comunidad Andina, el cual comprende su establecimiento, marco general de operación, organización interna y financiamiento;

Que mediante la Declaración Conjunta adoptada por los Presidentes de Ecuador y de Colombia en la reunión del Primer Gabinete Binacional realizada en la ciudad Tulcán, Ecuador el 11 de diciembre de 2012 se determinó la necesidad e importancia de la imple-mentación del CEBAF de San Miguel;

Que mediante la Nota Reversal número 5579-MRECI-GM-DRVS-2012 del Ministro de Relaciones Exteriores e Integración Económica del Ecuador, y la correspondiente aceptación de parte de la Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, se constituyó el Acuerdo Específico de que trata la citada Decisión número 502, para la creación y puesta en funcionamiento del Centro Binacional de Atención en Frontera (CEBAF) de San Miguel, para "facilitar la aplicación inmediata de los controles integrados en las instalaciones existentes y a su vez brindará los insumos para que ambos países elaboren los acuerdos marco y específicos para el paso de frontera que regirá posteriormente de forma definitiva el funcionamiento de los controles integrados";

Que el Acuerdo en mención fue debidamente publicado en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena número 2144 del 1º de febrero de...

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