Resolución número 6119 de 2014, por la cual se fija el procedimiento para la convocatoria, inscripción y elección de un miembro del Consejo Nacional de Educación Superior (CESU) - 5 de Mayo de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 509632106

Resolución número 6119 de 2014, por la cual se fija el procedimiento para la convocatoria, inscripción y elección de un miembro del Consejo Nacional de Educación Superior (CESU)

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín49142

La Ministra de Educación Nacional, en uso de las atribuciones legales, en especial de la conferida en el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998 y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30 de 1992 y en los Decretos números 3440 del 2006 y 5012 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Nacional de Educación Superior (CESU), creado mediante el artículo 34 de la Ley 30 de 1992, y en concordancia con lo dispuesto en los artículos y 42 del Decreto número 5012 de 2009, es un organismo asesor del Ministerio de Educación Nacional.

Que mediante Decreto número 3440 de 2006, se reglamentó la escogencia de los integrantes del Consejo Nacional de Educación Superior (CESU), previstos en los literales e), f), g), h), i), j), k), 1) y m) del artículo 35 de la Ley 30 de 1992.

Que de conformidad en lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto número 3440 de 2006, y el numeral 11 del artículo 28 del Decreto número 5012 de 2009, la Secretaría Técnica del CESU la ejerce la Dirección de Calidad para la Educación Superior del Viceministerio de Educación Superior.

Que de acuerdo con el Acta de elección de Representante del Consejo Nacional de Educación Superior (CESU), fechada 29 de mayo de 2012 suscrita por el Presidente y la Secretaria Técnica se indica que la elección del señor Lorenzo Portocarrero Sierra como Representante de las Instituciones Universitarias o Escuelas Tecnológicas Estatales u Oficiales, se confirió por un periodo de dos (2) años, contados a partir del 29 de mayo de 2012.

Que por vencimiento del periodo para el cual fue elegido, es necesario adelantar el proceso de elección del representante de las Instituciones Universitarias o Escuelas Tecnológicas Estatales u Oficiales que integre el Consejo Nacional de Educación Superior.

Que para el cabal desarrollo de lo dispuesto en las normas anteriormente citadas, es necesario fijar el procedimiento interno, que permita a la Dirección...

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