Providencia nº 11001010200020090088600 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 30 de Junio de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 336600418

Providencia nº 11001010200020090088600 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 30 de Junio de 2010

Fecha de Resolución30 de Junio de 2010
EmisorSala Disciplinaria (vigente hasta el 2020)

RAMA JUDICIAL

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Bogotá D.C., treinta (30) de junio de 2010

Magistrada Ponente Dra. J.E.G.D.G.

Radicación No. 110010102000 2009.00886 00 (1040-04)

Aprobado según Acta de Sala No. 79 de 30 de junio de 2010.

Se resuelve sobre el mérito de la indagación preliminar adelantada contra los doctores G.V.C., D.J.P.Y.L.F.S.W., Magistrados de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Buga, con ocasión de la queja presentada por la señora M.D.V..

HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE

  1. - La Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Valle del Cauca en julio 1º de 2008, avocó el conocimiento de la queja presentada por la señora M.D.V., contra las abogadas Clara Inés y L.S.R.M., y además, ordenó remitir copia de la queja a esta Corporación con el fin de que se investigara las presuntas irregularidades en que hubieran incurrido los Magistrados de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Buga, en el fallo de 22 de enero de 2007 proferido dentro del trámite del recurso de apelación en el proceso Laboral Ordinario que adelantó A.R.P.C. contra la quejosa, radicado al número 2004.0190.01, en el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Guadalajara de Buga, por cuanto salió en contra de sus pretensiones. (fls. 1 a 117 c.o.).

  2. - Mediante auto de 30 de octubre de 2009, se avocó conocimiento y se dispuso la apertura de indagación preliminar en la cual se ordenaron pruebas (fls. 121 a 123 c.o.).

  3. - El Procurador Delegado para la Vigilancia Judicial y la Policía Judicial, se notificó del auto referido. (fl. 128 c.o.).

  4. - Se practicó notificación personal a los Magistrados presuntos disciplinados mediante comisionado. (fls. 130 a 136 c.o.).

  5. - La Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia remitió copia de las actas de nombramiento, de posesión, certificado de tiempo de servicio y los datos sobre la identidad personal de los doctores G.V.C., D.J.D.P.Y.L.F.S.W., como Magistrados de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Buga. (fls.137 a 152 c.o.) .

  6. - La Secretaria General de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga envió fotocopia íntegra del proceso ORDINARIO LABORAL seguido por A.R.P.C. contra M.D.V., en un (1) cuaderno con 161 folios (fl. 1 a 161 c. anexo 1).

  7. - Concluido el trámite preliminar, se pasa a despacho el expediente.

CONSIDERACIONES
  1. - Competencia.

    La competencia de la Sala para decidir el presente asunto está dada por el artículo 256-3 de la Constitución Política, artículo 112 numeral 3 de la Ley 270 de 1996Estatutaria de la Administración de Justicia- y por el Código Disciplinario Único -Ley 734 de 2002- el cual en el Título XII, Capítulos 1º al 9º, reglamenta el ejercicio de la función jurisdiccional disciplinaria.

  2. - Presupuestos normativos

    Establece el artículo 210 de la Ley 734 de 2002 que el archivo definitivo de la actuación disciplinaria procederá en cualquier etapa, cuando se establezcan plenamente los presupuestos enunciados en el mismo Código.

    Así, dispone el artículo 73 de la misma codificación que el archivo definitivo de la actuación disciplinaria procede cuando se encuentre plenamente acreditado uno cualquiera de los siguientes presupuestos:

    1) Que el hecho atribuido no existió,

    2) Que la conducta no está prevista en la ley como falta disciplinaria,

    3) Que el investigado no la cometió,

    4) Que existe una causal de exclusión de responsabilidad,

    5) O que la actuación no podía iniciarse o proseguirse.

  3. - Caso concreto.

    Conforme a lo previsto en el artículo 150 del Código Disciplinario Único (Ley 734 de 2002), se procede a analizar la viabilidad de proferir auto de apertura de investigación o en su lugar ordenar el...

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