Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 33932 de 7 de Diciembre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 552496458

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 33932 de 7 de Diciembre de 2010

Sentido del falloFALLO DE INSTANCIA - MODIFICA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Manizales
Fecha07 Diciembre 2010
Número de expediente33932
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
169
Sentencia de Instancia Radicación N°33932 República de Colombia

Corte Suprema de Justicia


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



Magistrado Ponente: GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA

Sentencia de instancia No. 33932

Acta No. 43

B.D.C., siete (07) de diciembre de dos mil diez (2010)



Procede la Sala a proferir la correspondiente sentencia de instancia en el proceso ordinario laboral promovido por LUIS ÁNGEL PEÑUELA ARIAS contra la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S. A. ESP.


1. ANTECEDENTES


Mediante sentencia de 20 de octubre de 2009, esta
Sala de la Corte casó la sentencia del Tribunal Superior del Distrito
Judicial de Manizales, S.L., de fecha 21 de noviembre de
2006, proferida en el referido proceso.


Para mejor proveer, se dispuso solicitar del Instituto de Seguros Sociales el envío de la historia laboral del demandante y que certificara si le reconoció pensión de vejez y, de ser así, a partir de cuándo y la cuantía de la prestación. Asimismo, se ordenó pedir a la Empresa de Energía de Bogotá SA. ESP que remitiera informe sobre los salarios devengados por el trabajador entre el 1 de abril de 1994 y la fecha de terminación de su contrato de trabajo.

El Instituto de Seguros Sociales remitió la información solicitada (folios 56, 105 a 114, 116 a 123, 125 a 131, 133, 141 a 146, 148 a 151, 153, 158 a 165, y 167, cuaderno de la Corte), en donde consta que reconoció pensión de vejez al demandante, cuyo monto mensual en el año 2004 era de $5’521.747,oo (folio 106, cuaderno de la Corte), en 2005 $5’825.443,00 (folio 106, cuaderno de la Corte), en 2006 $6’395.978,oo y 6’730.267,oo (folio 107, cuaderno de la Corte), en 2007 $7’031.783,oo (folio 107, cuaderno de la Corte), en 2008 $7’431.891,oo (folio 108, cuaderno de la Corte) en 2009 $8’001.917,oo (folio 108, cuaderno de la Corte), y en 2010 $8’161.955oo (folio 60 y 126,, cuaderno de la Corte).


Asimismo, se pudo establecer que la cuantía inicial de la pensión de vejez, que ese Instituto reconoció al demandante, fue de $5’185.226,00, desde el 25 de junio de 2003, según consta en la Resolución No. 006559 de 26 de marzo de 2004 (folio 139 y vuelto, cuaderno de la Corte), dado que en esa fecha cumplió los 60 años de edad requeridos para el efecto, como consta en el registro civil de nacimiento (folio 369), y en la fotocopia de la cédula de ciudadanía (folio 370).


La Empresa de Energía de Bogotá SA. ESP remitió el informe requerido (folios 57 a 104), y allí consta igualmente que el Instituto de Seguros Sociales le otorgó la pensión de vejez al actor, según...

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