Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 40907 de 25 de Septiembre de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 552599526

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 40907 de 25 de Septiembre de 2013

Sentido del falloDEJA SIN EFECTO
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Barranquilla
Número de expediente40907
Número de sentenciaAL1199-2013
Fecha25 Septiembre 2013
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
SALA DE CASACIÓN LABORAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO

Magistrada Ponente

AL 1199 - 2013

Radicación N° 40907

Acta N°30

Bogotá, D.C., veinticinco (25) de septiembre de dos mil trece (2013).

Sería del caso proceder a resolver el recurso de casación interpuesto por la apoderada judicial de N.B.O.S. y OTROS, contra la sentencia proferida por la S. Laboral de Descongestión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, el 19 de diciembre de 2008, en el juicio que le instauraron al BBVA BANCO GANADERO S.A., si no fuera porque en este momento avizora la S. la existencia de una causal de nulidad, que de haberse advertido oportunamente habría impedido su admisión inicial y el adelantamiento de la actuación por parte de esta Corporación.

  1. ANTECEDENTES

Por auto del 4 de agosto de 2009, esta Corte admitió el recurso extraordinario interpuesto por los accionantes, contra la precitada sentencia del Ad quem y ordenó correr el traslado de ley a la parte recurrente.

  1. CONSIDERACIONES

Dentro del proceso de la referencia allegado a esta S. en virtud a la concesión del recurso de casación, se observó que obra escrito del folio 1562 al 1563 del cuaderno del Tribunal, en el cual la parte demandante solicitó a la antecitada autoridad judicial dictar sentencia complementaria de conformidad con lo previsto en el artículo 311 del Código de Procedimiento Civil. No obstante, al revisar la Corte la documentación aportada, observa que el Colegiado omitió pronunciarse respecto de dicha petición.

De hecho, en esa omisión, la censura fundamenta en parte su recurso al señalar que, el colegiado “no quiso pronunciarse sobre la solicitud de sentencia complementaria que le curse al (sic) ese Tribunal para que subsanara el grave yerro (…).” (folio 17), frente a lo cual esta Corte carece de competencia funcional conforme a lo establecido en el artículo 140, numeral 2, del Código de Procedimiento Civil.

De otro lado, manifiesta la apoderada judicial del BBVA BANCO GANADERO S.A. que, no figuran en el plenario algunas de las pruebas que se aportaron con la contestación de la demanda, esto es, los documentos relacionados bajo los “numerales 2.10 a 2.14. de la prueba documental (fol.109 y 110) sin conocer la causa del porque (sic) no se encuentran (…)” (fl.79), razón por la que solicita se ordene la reconstrucción del expediente, “de considerarlo necesario.” (Fl.79).

Sobre el particular, sea lo primero señalar que del oficio No 1703 de fecha 4 de mayo de 2009, por medio del cual la Secretaría de la S. Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial del Atlántico, remitió el expediente a esta Corporación, se vislumbra que el mismo consta de “(2) cuadernos con 1.579 (sic) folios”, datos que coinciden en número y orden de foliatura, con los cuadernos que componen el plenario, que además, ahora lo integra el cuaderno de la Corte que a la fecha consta de 82 folios.

Así las cosas, no le corresponde a esta S. pronunciarse en cuanto a la solicitud presentada, pues, los supuestos de hecho en que la misma se funda, según lo informa la memorialista, se produjeron mientras el expediente se encontraba a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
8 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR