Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 64353 de 7 de Mayo de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 552691834

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 64353 de 7 de Mayo de 2014

Sentido del falloDECLARA DESIERTO RECURSO DE CASACIÓN
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha07 Mayo 2014
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Cartagena
Número de expediente64353
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
Número de sentenciaAL2402-2014
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



República de Colombia

Corte Suprema de Justicia



SALA DE CASACIÓN LABORAL


CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE

Magistrado Ponente

AL2402-2014

Radicación No. 64353

Acta No. 15


JAIRO ENRIQUE GONZÁLEZ VEGA VS.

INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES EN LIQUIDACIÓN.


Bogotá D.C., siete (07) de mayo de dos mil catorce (2014).


En razón de que la apoderada, de la parte recurrente JAIRO ENRIQUE GONZÁLEZ VEGA en el presente juicio, no presentó demanda de Casación dentro del término que le fue concedido, según el anterior informe de Secretaría la Sala de Casación Laboral de la Corte declara DESIERTO el recurso.


I. multa de diez salarios mínimos mensuales legales vigentes a la apoderada de la parte recurrente Doctora NAZLY RODRÍGUEZ OLIVO, identificada con cédula de ciudadanía 45.494.313 expedida en Cartagena, abogada inscrita y titulada, con T.P. 167.197 C.S.J., según lo establecido por el artículo 49 de la Ley 1395 de 2010. Así mismo, remítase copia de esta decisión al Consejo Superior de la Judicatura para su respectivo cobro.


Respecto del mandato que obra a folio 4 del cuaderno de la Corte, conferido por el representante legal del INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES en liquidación, a un nuevo apoderado, que se presentó después de la entrada en vigencia del citado Decreto 2013 de 2012, la Sala se abstiene de reconocerle personería, por cuanto en este momento operó la sucesión procesal con COLPENSIONES.


T. al doctor J.C.C., como apoderado principal de ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES- COLPENSIONES, en los términos y para los efectos del memorial que obra a folio 19 del cuaderno de la Corte.


Reconózcase a la doctora LUCÍA ARBELÁEZ DE T., como apoderada sustituta de la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES-, en los términos y para los efectos del memorial...

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