Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 71036 de 15 de Septiembre de 2015
Sentido del fallo | ACEPTA TRANSACCIÓN |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Laboral de Bogotá |
Fecha | 15 Septiembre 2015 |
Número de sentencia | AL12395-2015 |
Número de expediente | 71036 |
Tipo de proceso | RECURSO DE CASACIÓN |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
R.E. BUENO
Magistrado Ponente
AL12395-2015
Radicación n° 71036
Acta n°. 32
Bogotá, D.C., quince (15) de septiembre de dos mil quince (2015).
Marco R.P.G. Vs. Aastra Telecom Inc Sucursal Colombia
Como se observa que en la transacción suscrita por las partes, no se vulneran derechos ciertos e indiscutibles del señor MARCO R.P.G., por cuanto versa sobre el reconocimiento de la existencia de una relación laboral entre las partes que fue terminada de manera injustificada, la Corte le imparte su aprobación, sin imponer costas en casación ni en las instancias, declarándose terminado el proceso.
La Sala advierte que se presenta un error en el Sistema de Gestión por cuanto no se incluyó como opositor a la sociedad ERICSSON DE COLOMBIA S.A, la que fue integrada al proceso como demandada solidaria. Por Secretaría corríjase el sistema de gestión, la caratula y el acta de reparto.
R. al doctor S.S.M. con tarjeta profesional N° 178.312 como apoderado de AASTRA TELECOM INC SUCURSAL COLOMBIA en los términos y para los efectos del poder que obra a folio 4 del cuaderno de la Corte.
Por secretaría, devuélvase el expediente al Tribunal de Origen.
N. y cúmplase
CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO
Presidenta de Sala
JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ
R.E. BUENO
GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
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