Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 47889 de 29 de Junio de 2016
Sentido del fallo | INADMITE |
Tipo de proceso | CASACIÓN |
Fecha | 29 Junio 2016 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Ibagué |
Número de sentencia | AP4232-2016 |
Número de expediente | 47889 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO
Magistrado Ponente
AP4232-2016
Radicación n° 47889
(Aprobado Acta No. 194)
Bogotá D.C., veintinueve (29) de junio de dos mil dieciséis (2016).
ASUNTO
La Sala se pronuncia acerca de la admisión de la demanda, sustento del recurso de casación interpuesto por el defensor del procesado MAPL, contra la sentencia de octubre 30 de 2015 del Tribunal Superior de Ibagué, mediante la cual confirmó la condena impuesta en julio 22 del mismo año por el Juzgado Penal del Circuito de M., a ciento setenta y uno (171) meses de prisión por el delito de acceso carnal violento agravado.
HECHOS
En el año 2000 los padres de la menor L.F.P.R., que para esa época tenía 7 años de edad, por razones de trabajo la dejaban al cuidado de su tío MAPL, en su vivienda ubicada en el barrio (…) de la población de M.. Ese mismo año la menor empezó a ser objeto de tocamientos y a presenciar actos de masturbación de su pariente, quién al siguiente año en casa de su abuelo aprovechó la soledad para someterla carnalmente, acto que repitió por más de cuatro (4) años en el hogar de sus papás.
ANTECEDENTES
El 23 de febrero de 2010 la Fiscal 43 de la Unidad Seccional de Fiscalías de M., dispuso la apertura de instrucción contra MAPL, por el delito de acceso carnal abusivo con menor de catorce (14) años agravado.
El 19 de mayo de 2010 el sindicado rindió indagatoria.
El 24 de agosto de 2011 el procesado fue cobijado con medida de aseguramiento de detención preventiva por el delito de acceso carnal violento agravado; al mismo tiempo decretó la prescripción de la acción penal por el punible de corrupción.
El 26 de agosto de 2014 la Fiscalía 1ª Delegada ante el Tribunal Superior de Ibagué acusó a PL como autor del delito de acceso carnal violento agravado en concurso homogéneo y sucesivo de hechos punibles, al revocar por vía de apelación la preclusión proferida a su favor.
FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN
En la demanda se postula un (1) cargo.
Con sustento en el numeral 1 del artículo 207 de la ley 600 de 2000, el recurrente denuncia la violación indirecta de la ley sustancial por errores probatorios en la sentencia que impidieron resolver la duda a favor del procesado, con lo cual se vulneró la presunción de inocencia.
Los errores...
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