Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 47610 de 31 de Agosto de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 691970369

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 47610 de 31 de Agosto de 2016

Sentido del falloINADMITE
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cali
Número de expediente47610
Número de sentenciaAP5713-2016
Fecha31 Agosto 2016
Tipo de procesoCASACIÓN
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal
SDS

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL


LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado Ponente

La información que permite identificar o individualizar al (los) menor (es), fue suprimida por la Relatoría de la Sala de Casación Penal, con el objeto que el contenido de la providencia pueda ser consultado sin desconocer los artículos 33 y 193 de la ley 1098 de 2006 y demás normas pertinentes.






AP5713-2016

Radicación 47610

(Aprobado Acta No. 274).


B.D., agosto treinta y uno (31) de dos mil dieciséis (2016).


V.ISTOS:


Resuelve la Sala si admite o no la demanda de casación presentada por la defensora del procesado JEV. E.


HECHOS:


En la tarde del 24 de enero de 2013, cuando CZY, madre de la niña XXX1, quien para la época de los hechos tenía 7 años y 11 meses de edad, regresó a su casa ubicada en el Barrio (...) en Cali, antes de ingresar se asomó por una ventana y observó que JEV., compañero de su progenitora, se levantaba del suelo subiéndose los pantalones, donde también se encontraba su hija XXX; entonces, procedió a sacar a la niña de la casa y a preguntarle qué estaba ocurriendo, a lo cual le respondió que V.. en varias ocasiones le había tocado su vagina con los dedos cuando estaban en la cocina, en la sala o se bañaba. En consecuencia, CZ llamó a las autoridades, que se hicieron presentes y capturaron al mencionado ciudadano.


ACTUACIÓN PROCESAL:


En audiencia realizada el 25 de enero de 2013 en el Juzgado 31 Penal Municipal con función de control de garantías de Cali, se impartió legalidad a la captura de J.V.. E y la Fiscalía le imputó la comisión del delito de actos sexuales con menor de catorce años agravado. En la misma oportunidad le fue impuesta medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento carcelario.


Presentado el escrito de acusación, el 25 de abril de 2013 se realizó la correspondiente audiencia, en la cual la Fiscalía imputó al acusado el concurso homogéneo sucesivo de delitos de actos sexuales con menor de catorce años agravados (artículo 211-2 de la Ley 599 de 2000).


Surtida la fase del juicio, el Juzgado Tercero Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Cali profirió fallo el 29 de octubre de 2014, condenando a V. E a 18 años de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso, como autor de los delitos objeto de acusación. Le negó la condena de ejecución condicional y la prisión domiciliaria.


La defensa impugnó la sentencia y el Tribunal Superior de Cali la confirmó a través del fallo recurrido en casación, expedido el 30 de octubre de 2015.


LA DEMANDA:


Con fundamento en la causal...

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