Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002016-01349-00 de 2 de Junio de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 692020957

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002016-01349-00 de 2 de Junio de 2016

Sentido del falloNIEGA TUTELA
Número de sentenciaSTC7278-2016
Fecha02 Junio 2016
Número de expedienteT 1100102030002016-01349-00
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil


República de Colombia




Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL


MARGARITA CABELLO BLANCO

Magistrada ponente


STC7278-2016

Radicación n.° 11001-02-03-000-2016-01349-00

(Aprobado en sesión de primero de junio de dos mil dieciséis)


Bogotá, D.C., dos (2) de junio de dos mil dieciséis (2016).




Decídese la acción de tutela instaurada por Unión Andina de Transportes S. A. S. en frente de la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, concretamente contra la magistrada Martha Isabel Mercado Rodríguez.



ANTECEDENTES


1.- La sociedad reclamante depreca la protección constitucional de su derecho fundamental al debido proceso, presuntamente vulnerado por la funcionaria encartada dentro del juicio ordinario de responsabilidad civil extracontractual que le promovieron Deinny Paola Páez Páez y O.M.M..


2.- Arguyó, como sustento de su reproche, en síntesis, lo siguiente:


2.1.- El día 15 de diciembre de 2011, «en la vía que conduce de [B]arranquilla a Santa Marta […] transitaban los vehículos de placas SUC 188 y TMX 264», los cuales «se vieron involucrados en un accidente de tránsito» que originó el sub examine.


2.2.- Habida cuenta que aquel rodante «para el momento de los hechos se encontraba afiliado a la empresa Transportes V.A.P. y Cía.[, c]on quien tiene una relación como tercero fidelizado, situación tal que permite al conductor del vehículo realizar transporte de carga de mercancías a favor de otra empresa de transportes como es el caso de […] Logística de Transportes S. A. - L.S.A.», lo propio comportó que presentara «denuncia del pleito» a las referidas empresas «con el fin de vincularlas al proceso […], con ocasión a que estas ostentan un relación legal y contractual con el vehículo SUC 188».


2.3.- Sin embargo, el «Juzgado 1 Civil del Circuito de Ciénaga mediante auto de fecha 10 de julio de 2015 negó la denuncia de pleito solicitada»; contra tal resolución «interpuso recurso de apelación», mismo que desató el tribunal cuestionado «mediante auto de fecha 28 de enero de 2016[,] de manera desfavorable».


Tal decisión, afirma, alberga anomalía comoquiera que comporta una «aplicación restrictiva» del canon 54 del Código de Procedimiento Civil en tanto que «[e]s claro que la norma no establece de manera expresa que la denuncia de pleito solo deba aplicarse estrictamente para el saneamiento por evicción», máxime cuando «es bien cierto que para la denuncia del pleito se exige una relación sustancial, relación que se encuentra consagrada en la ley que en el caso objeto de debate está establecida en los artículos 2341 a 2344 del Código Civil, de ahí que se predique como necesaria la vinculación de las empresas Transportes Villavicencio y L.S.A., en tanto estas tienen la obligación de indemnizar conforme a lo que se pruebe en el curso procesal, y por principio de economía procesal estas deben ser llamadas al mismo proceso de responsabilidad civil extracontractual».


3.- Solicita, conforme a lo relatado, «revocar la decisión proferida mediante auto de fecha 28 de enero de 2016» y «ordenar la admisión de la denuncia de pleito».


LA RESPUESTA DE LOS ACCIONADOS


La corporación recriminada, en suma, adujo que en la determinación censurada están consignados los motivos decisorios que la impulsaron a decidir.



CONSIDERACIONES


1.- La reiterada jurisprudencia ha sostenido, en línea de principio, que este amparo no es la senda idónea para censurar decisiones de índole judicial; sólo, excepcionalmente, puede acudirse a esa herramienta, en los casos en los que el funcionario adopte alguna determinación «con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR