Auto nº 50001-23-31-000-2012-00237-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 17 de Julio de 2019 (caso AUTO nº 50001-23-31-000-2012-00237-01 de Consejo de Estado (SECCION PRIMERA) del 17-07-2019) - Jurisprudencia - VLEX 808788385

Auto nº 50001-23-31-000-2012-00237-01 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 17 de Julio de 2019 (caso AUTO nº 50001-23-31-000-2012-00237-01 de Consejo de Estado (SECCION PRIMERA) del 17-07-2019)

Sentido del falloNO APLICA
EmisorSECCIÓN PRIMERA
Fecha17 Julio 2019
Número de expediente50001-23-31-000-2012-00237-01
Normativa aplicadaACUERDO 80 DE 12 DE MARZO DE 2019 – ARTÍCULO 13 / CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – ARTÍCULO 85

FALTA DE COMPETENCIA DE LA SECCIÓN PRIMERA DEL CONSEJO DE ESTADO – Para conocer demanda de nulidad y restablecimiento del derecho con el fin de obtener la nulidad de actos administrativos que versan sobre impuestos de industria y comercio / COMPETENCIA DE LA SECCIÓN CUARTA DEL CONSEJO DE ESTADO – Respecto de los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho que versen sobre actos administrativos relacionados con impuestos y contribuciones fiscales y parafiscales / REMISIÓN POR COMPETENCIA DEL EXPEDIENTE – Por tratarse de un asunto cuyo conocimiento corresponde a otra sección

En el caso sub examine se observa que el Municipio de Villavicencio, con la expedición de los actos acusados, ordenó la inscripción de oficio en el Registro de Industria y Comercio, Avisos y Tableros a la parte actora […], porque, a su juicio, la parte demandante es sujeto pasivo del impuesto de industria y comercio, comoquiera que ejecutó actividades comerciales en dicho ente territorial. Ahora, es preciso señalar que la Sección Cuarta de esta Corporación, frente a la naturaleza del impuesto de industria y comercio, […] ha asumido el conocimiento de demandas de nulidad y restablecimiento del derecho en las que se controvierten actos administrativos relacionados con el impuesto de industria y comercio. Conforme a lo expuesto, este Despacho considera que la naturaleza de los actos administrativos acusados versa sobre impuestos y, por tanto, remitirá el expediente de la referencia a la Sección Cuarta de esta Corporación, teniendo en cuenta que, de conformidad con el Reglamento Interno del Consejo de Estado y la jurisprudencia citada supra, la competencia para asumir el proceso de la referencia está asignada por criterio de especialización a la mencionada Sección.

FUENTE FORMAL: ACUERDO 80 DE 12 DE MARZO DE 2019 – ARTÍCULO 13 / CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – ARTÍCULO 85

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Consejero ponente: HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ

Bogotá, D.C., diecisiete (17) de julio de dos mil diecinueve (2019)

Radicación número: 50001-23-31-000-2012-00237-01

Actor: ABBOTT LABORATORIES DE COLOMBIA S.A

Demandado: MUNICIPIO DE VILLAVICENCIO

Referencia: ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

Asunto: RESUELVE SOBRE LA REMISIÓN DEL EXPEDIENTE A LA SECCIÓN CUARTA DEL CONSEJO DE ESTADO

AUTO INTERLOCUTORIO

Este Despacho procede a resolver sobre la remisión del expediente a la Sección Cuarta del Consejo...

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