Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC15280-2019 de 8 de Noviembre de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 826076853

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC15280-2019 de 8 de Noviembre de 2019

Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2019
EmisorSala de Casación Civil y Agraria
Número de ProvidenciaSTC15280-2019
Sentido del FalloNIEGA TUTELA

A.S.R.

Magistrado ponente

STC15280-2019

R.icación nº. 11001-02-03-000-2019-03569-00

(Aprobado en sesión de seis de noviembre de dos mil diecinueve)

Bogotá, D.C., ocho (08) de noviembre de dos mil diecinueve (2019).

Se decide la acción de tutela promovida por Tomas F.V.D., contra los Juzgados Primero Promiscuo Municipal y de Circuito de San Marcos y la S. Civil – Familia – Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo; trámite en el que se dispuso la vinculación de todas las autoridades, partes e intervinientes en el proceso objeto de la queja constitucional.

ANTECEDENTES

La pretensión

El accionante solicitó el amparo de sus derechos fundamentales a la «defensa, debido proceso» y otros, que estiman vulnerados por los Despachos querellados, por cuanto, considera, profirieron sentencia de primera y segunda instancia, sin ser competentes para ellos.

Pretende, en consecuencia, (i) «decretar la nulidad de las sentencias de primera y segunda instancia, que profirió el Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de San Marcos – Sucre y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo, S. II Civil – Familia – Laboral, dentro del proceso ordinario de pertenencia, con radicado 2014-00-203-00 (…)», y (ii) «restablecer las cosas al estado anterior en que se encontraban, ordenar la posesión del señor TOMAS F.V.D., dentro de las instalaciones del Club Social San Marcos – Sucre (…)».

Los hechos

  1. El señor T.F.V.D. -aquí accionante-, promovió proceso ordinario declarativo de pertenencia, con el propósito de adquirir por prescripción extraordinaria el dominio del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 346-9160, ubicado en San Marcos, Sucre.

  2. El conocimiento del anterior litigio, le correspondió al Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de San Marcos, radicado bajo el No. 2014-00203-00.

  3. Evacuadas las respectivas etapas procesales, el Juzgado de Conocimiento profirió sentencia de primera instancia el primero de febrero de 2017, negando todas las pretensiones del demandante.

  4. Posterior, el 21 de febrero de 2018, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo, al desatar el recurso de alzada impuesto por el extremo demandante, confirma la sentencia de primera instancia, proferida por el Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de San Marcos.

  5. Inconforme el accionante con las actuaciones precedentes, acudió al mecanismo constitucional, tras considerar que las autoridades judiciales vulneraron sus derechos fundamentales, al proferir sentencia de primera y segunda instancia, sin ser competentes...

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