Proyecto de ley número 092 de 2022 Cámara, por medio del cual se modifica la Ley 2071 de 2020 y se adicionan otras disposiciones para los Acuerdos de Recuperación, Saneamiento de Cartera Agropecuaria, las medidas de alivio especial a deudores del Fondo de Solidaridad Agropecuario y del Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria y otros tipos de deudores del Sector Agropecuario - 25 de Agosto de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 910172303

Proyecto de ley número 092 de 2022 Cámara, por medio del cual se modifica la Ley 2071 de 2020 y se adicionan otras disposiciones para los Acuerdos de Recuperación, Saneamiento de Cartera Agropecuaria, las medidas de alivio especial a deudores del Fondo de Solidaridad Agropecuario y del Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria y otros tipos de deudores del Sector Agropecuario

Fecha de publicación25 Agosto 2022
Número de Gaceta959
Página 26 Jueves, 25 de agosto de 2022 G 959
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riesgos laborales, lo que demuestra un trato desigual
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tal razón, es pertinente, que el gobierno nacional
apoye las agendas legislativas dirigidas a generar
ayudas o subsidios parciales para que el trabajador
informal pueda tener cobertura en riesgos laborales
ya sea a través de un seguro similar al SOAT,
cuyo pago sea anual y que cubra las contingencias
derivadas de accidentes y enfermedades laborales,
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bajo unas condiciones especiales como sucede en el
sistema general de pensiones.
Por consiguiente, lo expuesto anteriormente,
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a la fuerza productiva del país, toda vez que, si se
propende por el uso adecuado de los recursos del
sistema general de riesgos laborales, esto impactará
de manera positiva la seguridad y salud en el trabajo
del sector empresarial.
Por las anteriores consideraciones presentamos
al Congreso de la República el presente Proyecto de
ley.
PROYECTO DE LEY NÚMERO 092 DE 2022
CÁMARA
por medio del cual se modica la Ley 2071 de
2020 y se adicionan otras disposiciones para los
Acuerdos de Recuperación, Saneamiento de Cartera
Agropecuaria, las medidas de alivio especial a
deudores del Fondo de Solidaridad Agropecuario
y del Programa Nacional de Reactivación
Agropecuaria y otros tipos de deudores del Sector
Agropecuario.
Artículo 1°. La presente ley tiene por objeto
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de condonación de intereses y de mora, quitas de
capital, así como otros conceptos dados en la Ley
2071 de 2020 y Decretos Reglamentarios 596 y
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la reactivación del sector agropecuario, de carteras
en condiciones Finagro con garantías FAG pagadas
y no pagadas, como también carteras con garantías
reales de las deudas castigadas y no castigadas,
vencidas y no vencidas.
Artículo 2°. Modifíquese el artículo 8° de la Ley
2071 de 2020, el cual quedará de la siguiente forma:
Artículo 8°. Creación del programa de alivio a
las obligaciones nancieras y no nancieras, a cargo
del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Créase un Programa de Alivio a las Obligaciones
Financieras y no Financieras otorgadas en
condiciones Finagro por los intermediarios
nancieros, así como a las obligaciones
agropecuarias contraídas con proveedores de
insumos agropecuarios, asociaciones, agremiaciones
y cooperativas, para el efecto el Gobierno nacional
reglamentará la materia.
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo
Rural reglamentará el funcionamiento del
programa con el acompañamiento de la Mesa de
Concertación Nacional, cuyos beneciarios solo
podrán ser pequeños y medianos productores
agropecuarios, incluidos pescadores artesanales.
Artículo 3°. Modifíquese el Título 2 de la parte
17 del libro 2 del Decreto 1071 de 2015, el cual
quedará así:
TÍTULO 2
ACUERDOS DE RECUPERACIÓN
Y SANEAMIENTO DE CARTERA
AGROPECUARIA.
Artículo 2.1.7.2.1. Ámbito de aplicación. Las
disposiciones contenidas en el presente título se
aplicarán a los pequeños y medianos productores
y productoras, personas naturales y jurídicas,
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respectivo crédito según la normatividad del crédito
agropecuario, con ocasión de lo previsto en la Ley
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zoosanitarios, generadas por plagas y enfermedades
en cultivos y animales), biológicos, caída severa y
sostenida de ingresos y problemas de orden público,
de conformidad con el artículo 12 de la Ley 1731

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