Acta - 11 de Enero de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43245553

Acta

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín46508

Acta mediante la cual Minercol Ltda. en Liquidación e Ingeominas dejan constancia de la entrega y recibo de los activos y documentación correspondientes al Fondo de Fomento de Metales Preciosos

Eduardo Arce Caicedo, identificado con la cédula de ciudadanía número 79556024 de Bogotá, quien actúa en calidad de Gerente Liquidador de la Empresa Nacional Minera Limitada en Liquidación, Minercol Ltda. en Liquidación, en adelante Minercol y Julián Villarruel Toro, identificado con la cédula de ciudadanía número 14879689 expedida en Buga, Valle, quien actúa en calidad de Director General del Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, en adelante Ingeominas, hemos convenido suscribir la presente acta donde se deja constancia de todas las entregas de recursos financieros y documentación, que Minercol ha hecho a Ingeominas, pertenecientes al Fondo de Fomento de Metales preciosos.

CONSIDERACIONES:

  1. Mediante Decreto 2657 del 23 de diciembre de 1988, el Gobierno Nacional creó el Fondo de Fomento de Metales Preciosos, como un sistema de manejo de cuentas que sería administrado por la Empresa Colombiana de Minas ¿Ecominas¿, o por la entidad vinculada al Ministerio de Minas y Energía que se creara para el fomento y desa rrollo de los metales preciosos.

  2. Transformada Ecominas en la Empresa Minerales de Colombia S. A. ¿Mineralco¿, esta última administró dicho Fondo hasta su fusión con Ecocarbón para dar nacimiento a la Empresa Nacional Minera Limitada, Minercol Ltda.

  3. Al nacer la Empresa Nacional Minera Limitada, Minercol Ltda., la administración del Fondo estuvo a su cargo desde el 23 de diciembre de 1998 hasta el día 27 de enero de 2004, fecha en la cual el Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución número 18-0073, mediante la cual reasumió las funciones de autoridad minera que le había delegado a través de las Resoluciones números 181130 de 2001 y 180921 de 2002.

  4. Mediante Resolución número 18-0074 del 27 de enero de 2004, el Ministerio de Minas y Energía delegó en Ingeominas, con las excepciones señaladas en dicha resolución, las funciones que le competen como autoridad minera y concedente, establecidas en la Ley 685 de 2001, actual Código de Minas.

  5. Como consecuencia de lo anterior, el día 28 de enero de 2004 el Gobierno Nacional expidió los Decretos números 252 y 254. Mediante el primero de ellos reestructuró el Instituto de Investigación e Información Geocientífica, Minero-Ambiental y -Nuclear-Ingeominas, el cual pasó a denominarse Instituto Colombiano de Geología y Minería y continuará utilizando la sigla ¿Ingeominas¿; mediante el segundo de los decretos ordenó la supresión, disolución y liquidación de Minercol Ltda.

  6. El Decreto 254 de 2004, al ordenar la disolución y liquidación de Minercol, dispuso en su artículo 27 numerales 5 y 6 lo siguiente:

    ¿Artículo 27. Bienes y recursos excluidos del patrimonio a liquidar. No forman parte del patrimonio de la Empresa Nacional Minera Ltda. en Liquidación, Minercol Ltda. en Liquidación: (¿). 5. Los recursos y sus rendimientos del Fondo Nacional de Regalías, del Fondo de Metales Preciosos y del Fondo de Fomento del Carbón. 6. Los bienes incorporados en el activo de Minercol Ltda. que no hayan sido adquiridos con recursos propios de la Empresa, entre otros, los adquiridos con recursos del Fondo Nacional de Regalías, con recursos del Fondo de Metales Preciosos y con recursos del Fondo de Fomento del Carbón¿.

  7. Que entre las funciones de autoridad minera delegadas a Ingeominas por el Ministerio de Minas y Energía, mediante la precitada Resolución 180074, se encuentra la contenida en el parágrafo de su artículo 1° que señala:

    ¿Parágrafo. La aprobación de los proyectos y programas de promoción minera a ejecutar por los entes territoriales con financiación del Fondo Nacional de Regalías, del Fondo de Fomento al Carbón y del Fondo de Metales Preciosos, se llevará a cabo dentro de los lineamientos y criterios que fije el Ministerio de Minas y Energía¿.

  8. Mediante comunicación número 421688 del 9 de noviembre de 2004, radicada en Minercol el día 11 del mismo mes y año, la Jefe...

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