ACTA NÚMERO 13 DE 2024 (marzo 5) - 17 de Abril de 2024 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 1033327197

ACTA NÚMERO 13 DE 2024 (marzo 5)

Fecha de publicación17 Abril 2024
Número de Gaceta426
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXIII - Nº 426 Bogotá, D. C., miércoles, 17 de abril de 2024 EDICIÓN DE 25 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
COMISIÓN TERCERA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE HONORABLE
SENADO DE LA REPÚBLICA
ACTA NÚMERO 13 DE 2024
(marzo 5)
En la ciudad de Bogotá, D. C., siendo las 10:40
a. m., el día martes 5 de marzo de 2024, se reunieron
en sesión presencial, los Miembros de la Comisión
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poner a consideración el siguiente Orden del Día.
ORDEN DEL DÍA
Para la sesión ordinaria del día martes 5 de marzo
de 2024
Hora: 10:00 a. m.
I
Llamado a Lista y Vericación del Quórum
II
Consideración y Aprobación del Acta número 12
de la Sesión del día 20 de febrero de 2023.
III
Debate de Control Político.
Citados: Ministra del Deporte, doctora Luz
Cristina López; Ministra de Vivienda Ciudad y
Territorio, doctora Catalina Velasco Campuzano;
Ministro del Interior, doctor Luis Fernando
Velasco Chaves; Al debate de control Político,
sobre la proposición número 10 de 2023, Con
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ACTUACIONES REALIZADAS POR PARTE
DE SUS CARTERAS MINISTERIALES SOBRE
LOS INCENTIVOS PROMETIDOS A LOS
DEPORTISTAS CONNACIONALES QUE HAN
RESULTADO COMO GLORIAS DEL DEPORTE
ACTAS DE COMISIÓN
O CAMPEONES MUNDIALES EN ALGUNA
DISCIPLINA DEPORTIVA, suscrita por el Senador
Jairo Castellanos Serrano.
CUESTIONARIO:
1. ¿Cuáles han sido los incentivos que se
les ha prometido por parte del Gobierno
Nacional desde el año 2002 a nuestros
deportistas connacionales que han
resultado como campeones mundiales o
glorias del deporte?
2. ¿Cuáles de sus entidades adscritas o
vinculadas a cada una de sus carteras, son
las competentes para cumplirle a nuestros
deportistas con cada uno de esos incentivos
de acuerdo con la descripción de cada uno
de ellos que aquí se especica?
3. ¿A cuántos de dichos deportistas les han
cumplido con la entrega de viviendas?
4. Si han sido entregadas ¿nos pueden señalar
de forma detallada la ubicación de cada una
de ellas?
5. ¿Cuántos susidios económicos han sido
entregados para cada uno de ellos?
6. En caso de ser positiva la respuesta ¿de
qué montos han sido dichos subsidios
económicos?
7. En caso de ser positiva la respuesta ¿por
cuánto tiempo les han mantenido la entrega?
8. ¿A cuántos de ellos les han cumplido con la
entrega de becas para estudio?
9. Si han sido entregadas ¿nos pueden señalar
de forma detallada la institución educativa
donde se ha cursado el programa académico
de cada una de ellas?
Página 2 Miércoles, 17 de abril de 2024 G 426
10. ¿Se le ha hecho el seguimiento corres-
pondiente para determinar cuántos de
los beneciarios han terminado de forma
satisfactoria sus estudios?
11. ¿Cuántos de ellos han sido contratados
como entrenadores en sus correspondientes
disciplinas?
12. ¿Nos pueden detallar cada una de las
disciplinas en las que hayan sido vinculados
como entrenadores?
13. De ser positivas estas respuestas ¿cuál ha
sido el término de vinculación de cada uno
de ellos como entrenadores?
14. ¿Cuántos de ellos continúan vinculados
como entrenadores?
15. ¿Cuántos de ellos han sido contratados en
entidades públicas o privadas por gestión
del Gobierno nacional?
16. De ser positiva la respuesta anterior ¿es
posible señalar las entidades o empresas
donde hayan sido vinculados?
17. En caso de ser positiva la respuesta,
¿cuáles han sido los rangos salariales de
las entidades o empresas donde han sido
vinculados?
18. ¿Cuántos de nuestros deportistas campeones
mundiales o glorias del deporte al día de
hoy han obtenido el benecio de la pensión
vitalicia de acuerdo con lo dispuesto en el
19. ¿Tienen ustedes el registro de cuántos de
nuestros deportistas campeones mundiales
o glorias del deporte tienen lesiones
permanentes que les impidan seguir
ejerciendo su profesión u ocio?
20. ¿Saben el rango de edades de todos
nuestros deportistas que han resultado
como campeones mundiales o glorias del
deporte?
21. ¿Se tiene una base de nuestras glorias del
deporte discriminado por edades, sexo y
estado de salud de las mismas?
22. ¿Cuáles son los incentivos que al día de hoy
se tienen contemplados por parte del actual
Gobierno nacional para nuestras glorias del
Deporte?
23. ¿Qué programas en benecio de nuestros
campeones mundiales o glorias del deporte
que lo han sido en el pasado y las que a
futuro resulten como tales, tiene establecido
el Gobierno nacional?
24. De conformidad con lo prometido y aprobado
en el vigente Plan Nacional de Desarrollo
¿el Gobierno nacional ya está lista la
normativa que reglamente y materialice lo
aprobado para benecio de nuestras glorias
del deporte?
25. Especícamente en cuanto a nuestros
bicampeones mundiales de fútbol de salón
de los años 2011 y 2015 ¿cuáles han sido
los incentivos, subsidios, casas, becas,
vinculaciones laborales o contractuales,
pensiones y demás promesas les han sido
cumplidas?
IV
Votación de Proyecto:
Proyecto de Ley número 174 de 2023 Senado
- 401 de 2023 Cámara, por medio del cual
se promueve la competencia justa en el sector
nanciero y se dictan otras disposiciones.
Publicación Gaceta del Congreso número 390 de
2023.
Ponencia Para Primer Debate Gaceta del
Congreso número 1757 de 2023.
Autor: honorable Representante David Alejandro
Toro Ramírez y otros.
Ponente: honorable Senadores Carlos Alberto
Benavides.
V
Lo que propongan los honorables Senadores
VI
Negocios Sustanciados por la Presidencia
El Presidente,
Efraín José Cepeda Sarabia.
El Secretario - General,
Rafael Oyola Ordosgoitia.
Honorable Senador Efraín José Cepeda
Sarabia Presidente de la Comisión Tercera del
Senado:
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
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por sus nombres, a los medios de comunicación
y a los asistentes, bienvenidos a esta sesión de
la Comisión Tercera del Senado, del martes 5 de

transmisión en vivo en este momento, de manera

orden del día.
Doctor Rafael Oyola Ordosgoitia, Secretario
de la Comisión Tercera Senado:

Castellanos Serrano Jairo Alberto

Echavarría Sánchez Juan Diego
Espitia Jerez Ana Carolina
Estrada Cordero Julio César
Garcés Rojas Juan Carlos
Zabaraín Guevara Antonio Luis

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