Acuerdo 009 - 28 de Junio de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43160336

Acuerdo 009

EmisorVarios - Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite (Fedepalma)
Número de Boletín44469

DIARIO OFICIAL 44.469 ACUERDO 009 16/12/1997 por el cual se establecen las fuentes de información, los costos de importación y exportación, y los parámetros técnicos para la determinación de los indicadores. El Comité Directivo del Fondo de Estabilización de Precios para el Palmiste, el Aceite de Palma y sus fracciones, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el Capítulo VI de la Ley 101 del 23 de diciembre de 1993 y el Decreto número 2354 del 27 de diciembre de 1996, y CONSIDERANDO: Que según el artículo noveno del Decreto 2354 de 1996, son funciones del Comité Directivo del Fondo, entre otras: establecer el precio de referencia o la franja de precios de referencia de los productos que se someterán a operaciones de estabilización, y determinar la cotización fuente del precio del mercado internacional relevante; Que el Comité Directivo del Fondo, según el Acuerdo número 005 del 3 de diciembre del 1997, aprobó la metodología para las operaciones de estabilización de precios; Que el Comité Directivo del Fondo, según Acuerdos números 007 y 008 del 16 de diciembre de 1997, aprobó las metodologías para la determinación del Indicador de Precios para el mercado interno y para exportación, respectivamente, ACUERDA: CAPITULO I Indicador de precio para el mercado interno Artículo 1°. Fuentes de información para el cálculo del indicador de precio para el mercado interno del aceite crudo de palma. Las fuentes de información que se utilizarán para el cálculo de los precios de importación de los sustitutos y las fracciones y derivados, del aceite crudo de palma, serán los siguientes: 1) Aceite crudo de palma de Malasia o Indonesia: La cotización relevante será el precio del ¿Palm Oil Crude, CIF N. W. Eur¿del boletín semanal OIL WORLD. 2) Aceite crudo de palma del Ecuador: La cotización relevante será el precio FOB plantación informado por la Asociación Nacional de Cultivadores de Palma Africana del Ecuador, ANCUPA, o por el Ministerio de Agricultura y Ganadería del Ecuador. 3) Aceite crudo de soya: La cotización relevante será el precio del ¿Soybean Oil, Argentina, FOB¿del boletín semanal OIL WORLD. 4) Fríjol Soya: Las cotizaciones relevantes serán: ¿ Fríjol Soya de Argentina y Brasil: La cotización relevante será el precio FOB Argentina y Brasil del boletín semanal OIL WORLD, ¿ Fríjol Soya Amarilla USA No.2. La cotización relevante será el precio FOB Golfo, de la Bolsa de Chicago, suministrado por Reutter; 5) Sebo blanqueado americano: La cotización relevante será el precio del ¿Tallow, US, Bleach. Fancy, CIF Rott.¿del boletín semanal OIL WORLD. 6) Aceite crudo de pescado. La cotización relevante será el precio del ¿Fish Oil, any orig, CIF N.W. Eur.¿del boletín semanal OIL WORLD. 7) Oleína de palma: La cotización relevante será el precio de la¿Palm Olein RBD, Mal, FOB¿del boletín semanal OIL WORLD. 8) Estearina de palma. La cotización relevante será el precio de la¿Palm Stearin RBD, Mal, FOB¿del boletín semanal OIL WORLD. Artículo 2°. Costos de importación para la determinación del indicador de precio para el mercado interno del aceite crudo de palma. Los costos de importación para los productos definidos por el Comité Directivo del Fondo para la determinación del indicador de precio para el mercado interno del aceite crudo de palma, se establecerán agregando los siguientes factores: 1) El precio de los productos en su origen o mercado de cotización. Para ello, se tomará el promedio de las cotizaciones del mercado mundial, registrado en el mes respectivo por las fuentes de información relevantes para cada producto; 2) Los fletes y seguros a puerto colombiano. Los fletes que se aplicarán para el cálculo del costo de importación por tonelada, de los distintos productos, serán: a) Aceite crudo de palma de Malasia o Indonesia: US$20. Esto en razón a que el precio relevante que se toma para el cálculo del costo de importación es el precio CIF N.W. Eur., el cual incluye un flete que se estima en US$45 entre Malasia y Europa; b) Aceite crudo de palma de Ecuador: US$30, que corresponde al flete terrestre; c) Aceite crudo de soya de Argentina: US$45; d) Fríjol Soya: Se utiliza el flete correspondiente a la cotización de menor precio mensual, entre los siguientes mercados: ¿ Estados Unidos: US $20 ¿ Argentina: US$35 ¿Brasil: US$35 e) Sebo blanqueado americano: US$0. Esto en razón a que se asimila el precio CIF Rott. con el CIF Colombia. f) Aceite crudo de pescado: US$0. Esto en razón a que se asimila el precio CIF N.W. Eur. con el CIF Colombia. g) Oleína de palma de Malasia: US$65 h) Estearina de palma de Malasia: US$65 Los seguros para el cálculo del costo de importación por tonelada serán el 0.5% del precio CIF ( precio FOB del producto, más su flete a puerto colombiano). 3) Aranceles Los aranceles para el cálculo del costo de importación serán los aranceles ad valorem vigentes en Colombia para cada producto, más los aranceles variables aplicables para cada uno de ellos según el Sistema Andino de Franjas de Precios, SAFP, vigente. Se tendrán en cuenta también las preferencias arancelarias...

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