ACUERDO 01 RD2652 - 11 de Junio de 2002 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449164750

ACUERDO 01 RD2652

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2652 11 JUNIO 2002
EmisorSecretaria de Educacion
8
Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2652 Pp. 1-8
2.002 - Junio - 11
Año 36
112 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL
3GASTOS
3 3 INVERSIÓN1.751.035.500
3 3 1 DIRECTA 1.751.035.500
3 3 1 11 BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado 1.751.035.500
3 3 1 11 04 EDUCACIÓN1.751.035.500
3 3 1 11 04 20 Educación para la era del conocimiento 1.751.035.500
3 3 1 11 04 20 4232 Nómina de centros educativos 1.751.035.500
TOTAL GASTOS 1.751.035.500
ARTÍCULO 5o.- El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los once (11) días del
mes de junio del año dos mil dos (2002).
ANTANAS MOCKUS SIVICKAS
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
ISRAEL FAINBOIM YAKER
Secretario de Hacienda
Acuerdo de 2002
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE BOGOTÁ, D.C.
Acuerdo Número 01
(Marzo 11 de 2002)
Por el cual se expide el Reglamento del
Comité de Conciliación de la
Secretaría de Educación de Bogotá D.C.
EL COMITE DE CONCILIACION DE LA
SECRETARIA DE EDUCACION DE
BOGOTA D.C.
En uso de sus facultades legales y en especial
las conferidas por las Leyes 446 de 1.998 y
640 de 2001, los Decretos Nacional 1214 de
2000 y 854 de 2001 expedido por la Alcaldía
Mayor de Bogotá D.C. y la Resolución 9843
del 28 de diciembre de 2001, expedida por la
Secretaria de Educación de Bogotá D.C.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Adoptar el Reglamento del Co-
mité de Conciliación de la Secretaria de Educación de
Bogotá D.C.
ARTÍCULO SEGUNDO.- FUNCIONES DEL COMITÉ DE
CONCILIACIÓN. Son funciones del comité de Concilia-
ción:
1. Diseñar las políticas generales que orienten la defen-
sa de los intereses de Bogotá D.C.- Secretaría de Edu-
cación.
2. Formular y ejecutar políticas de prevención del daño
antijurídico.
3. Fijar directrices institucionales para la aplicación de
los mecanismos de arreglo directo, tales como concilia-
ción y transacción.
4. Determinar la procedencia o improcedencia de la tran-
sacción o conciliación y señalar los lineamientos dentro
de los cuales el representante legal y los apoderados
actuarán.
5. Estudiar y evaluar los procesos que se instauren en
contra de Bogotá D.C.-Secretaría de Educación, y le sean
notificadas a partir del 2 de enero de 2002, para deter-
minar las causas generadoras de los conflictos; el índice
de condenas; los tipos de daño por los cuales se deman-
da o condena; y las deficiencias en las actuaciones pro-
césales por parte de los apoderados, con el objeto de
proponer correctivos.

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