Acuerdo 013 - 18 de Enero de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43170217

Acuerdo 013

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental
Número de Boletín44680

DIARIO OFICIAL 44.680 ACUERDO 013 16/11/2001 por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental Corponor para delegar una de sus funciones. El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental ¿Corponor¿, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo 29 de la Ley 99 de 1993, y CONSIDERANDO: Que el artículo 112 de la Ley 6ª de 1992, señala que de conformidad con los artículos 68 y 79 del Código Contencioso Administrativo, las entidades públicas del orden nacional tales como ministerios, departamentos administrativos, organismos adscritos y vinculados, la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación y la Registraduría Nacional del Estado Civil, tienen jurisdicción coactiva para hacer efectivos los créditos exigibles a favor de las mencionadas entidades y de la nación; Que el artículo 1° del Decreto 2174 de 1992, establece que para efectos del ejercicio de la jurisdicción coactiva conferida en el artículo 112 de la Ley 6ª de 1992, las entidades relacionadas en el considerando anterior, en la medida en que lo permita la ley, pueden organizar, dentro de cada organismo, grupos de trabajo para el cobro por jurisdicción coactiva de los créditos a favor de los mismos, con funcionarios de cada uno de los organismos; o que en caso contrario deben asignar tales funciones de cobro por jurisdicción coactiva a la Oficina Jurídica del respectivo organismo o dependencia que haga sus veces; Que de conformidad con el artículo 23 del Decreto 1768 de 1994, las Corporaciones Autónomas Regionales tienen jurisdicción coactiva para hacer efectivos los créditos exigibles a su favor, de acuerdo con las normas establecidas para las entidades públicas del sector nacional, en la Ley 6ª de 1992, los que las reglamenten y demás que las complementen o modifiquen; Que con el fin de ajustar y mejorar el proceso de cobro por jurisdicción coactiva de los créditos exigibles a favor de la Corporación, resulta conveniente asignar esta función a la Oficina Jurídica de la entidad; para lo cual, se debe autorizar al Director General de Corponor delegar dicha facultad en el Jefe de la mencionada oficina; Que el numeral 7 del...

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