Acuerdo 025 - 16 de Octubre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43214956

Acuerdo 025

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Nacional de Colombia - Consejo Superior Universitario
Número de Boletín45703

El Consejo Superior Universitario, en desarrollo del principio de autonomía universitaria consagrado en el artículo 69 de la Constitución Política y en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias y, en especial, de las previstas en el Decreto Extraordinario 1210 de 1993 y en el Acuerdo 013 de 1999 del Consejo Superior Univers itario, Estatuto General, y

CONSIDERANDO:

  1. El artículo 76 de la Ley 734 de 2002 establece que toda entidad u organismo del Estado deberá organizar una unidad u oficina del más alto nivel, encargada de conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra sus servidores.

  2. Es función del Consejo Superior Universitario crear, modificar o suprimir dependencias administrativas u otras formas de organización institucional,

ACUERDA:

Artículo 1º Créase la Oficina Nacional de Control Disciplinario Interno, adscrita a la Rectoría.
Artículo 2º Los servidores públicos que integren la Oficina Nacional de Control Disciplinario Interno en el nivel nacional o en las sedes de la Universidad, dependerán funcional y jerárquicamente del Jefe de la Oficina.
Artículo 3º Competencia para Instruir

Los procesos disciplinarios adelantados por faltas leves, graves o gravísimas contra los servidores públicos no docentes de la Universidad Nacional de Colombia serán instruidos por los funcionarios de la Oficina Nacional de Control Disciplinario Interno del nivel nacional o por los funcionarios de esta dependencia asignados en la respectiva Sede a la cual pertenezca el investigado.

Parágrafo. El Jefe de la Oficina Nacional de Control...

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