Acuerdo 06 - 23 de Mayo de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43176119

Acuerdo 06

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana
Número de Boletín44809

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana ¿Inurbe¿, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y conforme a lo previsto en el numeral 6 del artículo 14 de la Ley 3ª de 1991 y el Decreto 2882 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 708 de 2001 establece en su artículo 1°: ¿Las entidades públicas del orden nacional, de carácter no financiero, que hagan parte de cualquiera de las ramas del poder público, así como los órganos autónomos e independientes, deberán transferir a título gratuito al Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en el término y con la progresividad que establezca el Gobierno Nacional los bienes inmuebles fiscales d e su propiedad, o la porción de ellos con vocación para la vivienda de interés social de conformidad con el reglamento que expida el Gobierno Nacional, y sin perjuicio de lo establecido en los planes de ordenamiento territorial¿;

Que el Decreto 2882 de 2001 fija en el artículo 2° el procedimiento para la transferencia de bienes inmuebles al Inurbe, para lo cual la Junta Directiva debe establecer los planes y programas que el Inurbe adelantará de manera prioritaria;

Que la División de Finanzas para el Desarrollo del Inurbe conjuntamente con la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, han venido identificando los predios, propiedad de la Unidad, que cumplen con lo establecido en el artículo 1° de la Ley 708 de 2001, así como la posible financiación de los proyectos por parte de las entidades territoriales;

Que una vez estudiados los proyectos a desarrollar en los terrenos identificados se hace...

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