Acuerdo 07 - 23 de Mayo de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43176120

Acuerdo 07

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana
Número de Boletín44809

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, especialmente las conferidas por los numerales 7 y 9 del artículo 14 de la Ley 3ª de 1991, el Decreto 1538 de 1999, el Decreto 2620 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, mediante Acuerdo 14 del 30 de julio de 2001 modificó el artículo 19 del Acuerdo 1 de 2000;

Que el artículo 1° del Acuerdo 14 de 2001, modificatorio del Acuerdo 21 del 1° de noviembre de 2000 establece: ¿Cuando se trate de proyectos en donde existan compromisos municipales para la urbanización del terreno, la declaratoria de elegibilidad será únicamente otorgada, previa construcción de las obras comprometidas, o de la celebración de un encargo fiduciario de administración de recursos municipales o de la presentación de los contratos de obra debidamente perfeccionados con su registro presupuestal y la aprobación de la garantía única establecida en el artículo 17 del Decreto 679 de 1994¿;

Que la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, mediante Acuerdo 21 del 1° de noviembre de 2000, adoptó el Reglamento de garantías que establece los términos, condiciones y vigencias del aval y garantías que deben constituirse para que sea factible el giro del Subsidio Familiar de Vivienda, con anterioridad a la escrituración, al vendedor o a la organización o entidad promotora del programa;

Que el parágrafo 2° del artículo 18 del citado acuerdo, establece: ¿Los encargos de administración y pago de los recursos del Subsidio Familiar de Vivienda se podrán celebrar con cualquier entidad financiera autorizada para este propósito o con una cualquiera de las Agencias de Cooperación Internacional que prestan esta clase de servicios en el país¿;

Que se hace necesario modificar los citados artículos, en el sentido de incluir alternativas para garantizar la materialización de los compromisos municipales para la urbanización del terreno donde se desarrollan los proyectos objeto de declaratoria de elegibilidad y la movilización de los recursos del Subsidio Familiar de Vivienda,

ACUERDA:

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