Acuerdo 081 - 4 de Octubre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43165791

Acuerdo 081

EmisorVarios - Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite (Fedepalma)
Número de Boletín44572

DIARIO OFICIAL 44.572 ACUERDO 081 13/09/2001 por el cual se modifica el Programa de Estabilización para las Operaciones del Fondo en el 2001. El Comité Directivo del Fondo de Estabilización de Precios para el Palmiste, el Aceite de Palma y sus Fracciones, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el Capítulo VI de la Ley 101 de 1993 y el Decreto 2354 de 1996, modificado por el Decreto 130 de 1998, y CONSIDERANDO: Que según el numeral 10, del artículo , del Decreto 2354 de 1996, modificado por el Decreto 130 de 1998, es función del Comité Directivo del Fondo establecer los programas de estabilización de precios que se ejecutarán en los diferentes mercados; Que según el numeral 11, del artículo , del Decreto 2354 de 1996, modificado por el Decreto 130 de 1998, es función del Comité Directivo del Fondo evaluar las actividades del Fondo y formular las recomendaciones a que hubiere lugar; Que el Comité Directivo del Fondo, mediante Acuerdo 071 del 20 de diciembre de 2000 aprobó el Programa de Estabilización para las operaciones del Fondo en el 2001; Que el Comité Directivo del Fondo, reunido en la fecha, analizó la información presentada por la Secretaría Técnica del Fondo, sobre la situación general del mercado de aceites y grasas animales y vegetales en el país y, en particular, la referida al mercado de aceite de palma y de palmiste; Que en el caso del aceite de palma, según la información presentada por la Secretaría Técnica del Fondo, la producción estará alrededor de 565.000 toneladas, cifra superior a la proyección de 553.000 toneladas realizada en diciembre de 2000 y el consumo interno se estima en 438.000 toneladas, o un 77,5% de la producción, las exportaciones en 24% de la producción, con un descenso leve de los inventarios; Que por lo anterior se requiere modificar el Programa de Estabilización para buscar como meta al final del año, que del total de la producción un 76% se oriente para el mercado local, y por consiguiente, un 24% para el mercado de exportación; Que para alcanzar la meta propuesta anteriormente se debe realizar un ajuste al Programa de Estabilización de aceite de palma para lo que resta del año, septiembre a diciembre de 2001, para que se destine un 19% de la producción para exportación y un 81% para el mercado interno, para lograr el promedio anual previsto; Que en el caso del Programa de Estabilización de aceite de palmiste, se prevé que la producción de aceite de palmiste en 2001...

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