Acuerdo 22 - 30 de Junio de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43238225

Acuerdo 22

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia Nacional de Hidrocarburos
Número de Boletín46315

El Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 8°, numeral 8.2 del Decreto-ley 1760 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 4° del Decreto 1760 de 2003 asigna a la Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH, la administración integral de las reservas de hidrocarburos de propiedad de la Nación y que el artículo 5, numeral 5.4 le faculta para diseñar, evaluar y realizar estrategias de promoción de la exploración y explotación de hidrocarburos y divulgarlas de acuerdo con las mejores prácticas internacionales;

Que el artículo 8º numeral 8.2 del Decreto 7160 de 2003 le atribuye al Consejo Directivo la definición de las políticas y criterios de administración y de asignación de áreas hidrocarburíferas de la Nación;

Que el Consejo Directivo por medio del Acuerdo 030 del 24 de agosto de 2004, adoptó los criterios de los contratos de evaluación técnica de hidrocarburos señalando para tal fin que el objetivo de estos contratos es evaluar el potencial hidrocarburífero y la identificación de zonas de interés prospectivo mediante el otorgamiento del derecho exclusivo al evaluador de realizar operación de evaluación técnica a su costo y riesgo con la posibilidad de celebrar un futuro contrato de exploración y explotación;

Que es necesario definir el alcance del derecho que tiene un Evaluador para suscribir contratos de Exploración y Producción sobre un área de Evaluación Técnica toda vez que el Acuerdo 030 de 2004 establece la facultad de celebrar un futuro contrato de exploración y producción y el contrato de Evaluación Técnica le permite al Evaluador igualar o mejorar una propuesta y celebrar un contrato de exploración y producción en virtud del derecho de prelación;

Que el espíritu del Acuerdo 008 de 2004 por medio del cual se adopta el Reglamento para asignación de áreas, es que quien tenga una área asignada en el marco de un contrato de Evaluación Técnica con mayor extensión a la prevista por el artículo 4º del mencionado acuerdo para contratos de Exploración y Producción, tenga el derecho de escoger una parte de ella para convertirla en un solo contrato de Exploración y Producción, o de igualar o mejorar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR