Acuerdo 37 - 27 de Octubre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43229591

Acuerdo 37

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín46074

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, CAR, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y en especial la establecida en el numeral 20 del artículo 24 de la Resolución 703 de 2003, expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante la cual se aprobaron los estatutos de la Corporación, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de los fundamentos de la política ambiental colombiana se encuentra el establecido en el numeral 10 del artículo de la Ley 99 de 1993, que impone al Estado, a la comunidad, a las organizaciones no gubernamentales y al sector privado, acciones de protección y recuperación ambiental en forma conjunta y coordinada;

Que de acuerdo con los numerales 1, 3, 6 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993 constituyen funciones de las Corporaciones Autónomas Regionales, entre otras las siguientes: Ejecutar las políticas, planes y programas nacionales en materia ambiental definidos por la ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo y del Plan Nacional de Inversiones, o por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Promover y desarrollar la participación comunitaria en actividades de protección ambiental, de desarrollo sostenible y manejo adecuado de los recursos naturales renovables, celebrar contratos y convenios con las entidades territoriales, cuyo objeto sea la defensa y protección del medio ambiente y los recursos naturales;

Que asimismo, los numerales 20 y 23 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993 establecen como funciones de las Corporaciones ejecutar, administrar, operar y mantener, en coordinación con las entidades territoriales, proyectos, programas de desarrollo sostenible y obras de infraestructura que sean indispensables para la defensa, protección, descontaminación o recuperación del ambiente o de los recursos naturales renovables y adelantar con las administraciones municipales programas de adecuación de áreas urbanas en zonas de alto riesgo, tales como control de la erosión, manejo de cauces y reforestación;

Que para el desarrollo de la gestión ambiental nacional, el Decreto 1200 de 2004 expedido por el Ministerio del Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, contiene los siguientes instrumentos de planeación estratégica que deben atender las Corporaciones Autónomas Regionales para el desarrollo de sus funciones legales: El Plan de Gestión Ambiental Regional, el Plan de Acción Trienal, PAT, y el Presupuesto Anual de Rentas y Gastos;

Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 6 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993, es función de las Corporaciones Autónomas Regionales celebrar contratos y convenios con las entidades territoriales, otras entidades públicas y privadas y con las entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la defensa y protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, con el fin de ejecutar de mejor manera alguna o algunas de sus funciones, cuando no correspondan al ejercicio de funciones administrativas;

Que el inciso segundo del artícu lo 355 de la Constitución Nacional establece que las entidades estatales podrán, con recursos de los respectivos presupuestos, celebrar contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad con el fin de impulsar programas y...

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