ACUERDO LOCAL 002 RD 6112 - 10 de Julio de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 690920149

ACUERDO LOCAL 002 RD 6112

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6112 10 JULIO 2017
EmisorAlcaldia Local de Rafael Uribe Uribe
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6112 • pP. 1-44 • 2017 • JULIO 10
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19. Las demás que por su naturaleza y alcance se
establezcan, siempre y cuando no correspondan
o sean competencia de otro organismo o que por
ministerio de la ley sean atribuidas a otras autori-
dades o instancias.
ARTÍCULO SEXTO.- Apoyo. Las autoridades locales
desde su competencia apoyarán eciente y ecaz-
mente la gestión adelantada por el Consejo Local de
Protección y Bienestar Animal; incluyendo de manera
real a las diferentes comunidades de Protección y
Bienestar Animal, en todos los programas, proyectos
y presupuestos locales.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- DIVULGACIÓN. Para la
efectividad del presente acuerdo, la Alcaldía Local
elaborará programas de socialización y divulgación
masiva sobre el mismo, para explicar su contenido,
efectos legales, así como promover las actividades
realizadas y denidas por el Consejo de Bienestar y
protección animal.
ARTÍCULO OCTAVO.-Comité de impulso y segui-
miento. Como mecanismo para la integración y con-
vocatoria del Consejo Local de Bienestar y protección
Animal y su respectivo apoyo, crease un comité de
impulso y seguimiento conformado por los sectores
administrativos que estime pertinente la Alcaldía Local
en el respectivo decreto reglamentario.
ARTÍCULO NOVENO.- La Administración Local ga-
rantizará apoyo técnico para el funcionamiento del
Consejo Local de Bienestar y Protección Animal.
ARTÍCULO DÉCIMO.- El presente acuerdo local rige
a partir de la fecha de su sanción y publicación.
COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y
CUMPLASE.
FABIÁN ANDRÉS PUENTES SIERRA
Presidente
Junta Administradora Local de Engativá
ANA ELSA TORRES MELO
Vicepresidente
Junta Administradora Local de Engativá
Dado en Bogotá D.C., a los ocho (8) días del mes
de junio del año dos mil diecisiete (2017).
La Alcaldesa Local de Engativá, sanciona el
presente Acuerdo Local a los 15 días del mes de
junio del año dos mil diecisiete (2017).
ANGELA VIANNEY ORTIZ ROLDÁN
JUNTA ADMINISTRADORA LOCALRAFAEL URIBE URIBE
Acuerdo Local Número 002
(Junio 20 de 2017)
“Por el cual se efectúa una Adición al
Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del
Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe
Uribe para la vigencia fiscal de 2017”
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE
RAFAEL URIBE URIBE
En uso de sus atribuciones constitucionales
y legales, en especial las que le confiere la
CONSIDERANDO:
Que el artículo 38 del Decreto 372 de 2010, “por el cual
se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos
de Desarrollo Local – F.D.L.”, sobre “Distribución de
Excedentes Financieros”, señala que el CONFIS dis-
tribuirá entre las localidades el monto de excedentes
nancieros determinados por los FDL, con criterio de
eciencia, teniendo en cuenta las necesidades apre-
miantes no nanciadas.
Que el FDL de Rafael Uribe Uribe a 31 de diciembre
de 2016 presentó un monto de excedentes de Liqui-
dez de NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y
SIETE MILLONES SEICIENTOS OCHENTA Y CINCO
MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS
($9.847.685.685.) Moneda Corriente.
Que mediante la Circular CONFIS No. 02 de 2017, se
comunica que en la Sesión No. 03 celebrada los días
30 y 31 de marzo de 2017, conforme a lo establecido
en los artículos 37º y 38º del Decreto Distrital No. 372
de 2010, el CONFIS determinó un monto total de
SESENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y
DOS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL
DOSCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE
($60.452.231.233) de Excedentes Financieros genera-
dos a 31 de diciembre de 2016 por los FDL, los cuales
se destinarán A: I. Para las sedes administrativas de
las alcaldías locales de Usaquén, Santafé, Tunjuelito y
Puente Aranda; II. Para la construcción, mantenimiento
y adecuación de parques vecinales y de bolsillo en las
localidades de Chapinero y Antonio Nariño; III. Para
la localidad de La Candelaria que serán utilizados en
malla vial y espacio público – mobiliario urbano en la
parte baja del sendero en el proceso de recuperación
integral de Monserrate; IV. Para la atención de pun-
tos críticos de residuos sólidos en las localidades de
Chapinero, Santafé, San Cristóbal, Usme, Fontibón,

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