Acuerdo N° 20 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 14-12-2023 - Normativa - VLEX 973672968

Acuerdo N° 20 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 14-12-2023

Fecha14 Diciembre 2023
Fecha de publicación27 Diciembre 2023
Año2023
Tipo de documentoAcuerdo
Gaceta Oficial
Creada por Acuerdo 5 de 1987 del Concejo de Medellín
5286
Año XXXVI
Edición de 78 páginas
miércoles, 27 de diciembre de 2023
Distrito Especial de Ciencia Tecnología
e Innovación de Medellín
Dirección
Coordinación
Secretaría de Innovación Digital
Unidad de Gestión Documental
www.medellin.gov.co
Página 2 de 78
Gaceta Oficial 5286
CONTENIDO Pág.
ACUERDO METROPOLITANO 19 DE 2023 (DICIEMBRE 14) .................................................... 3
“Por el cual se fijan las tarifas del Subsistema de Transporte Masivo del Sistema Integrado de Transporte del Valle de Aburrá -
SITVA y de las rutas de transporte público colectivo integradas al Metro y Metrocable en la porción bus para la vigencia 2024 ...... 3
ACUERDO METROPOLITANO 20 DE 2023 (DICIEMBRE 14) .................................................. 11
“Por medio del cual se fijan las tarifas del Subsistema de transporte público Colectivo de pasajeros con radio de acción
metropolitano del Sistema Integrado de Transporte del Valle de Aburrá SITVA para la vigencia 2024” ............................................ 11
ACUERDO METROPOLITANO 21 DE 2023 (DICIEMBRE 14) .................................................. 16
“Por el cual se fija el incremento salarial que regirá en el año 2024 para los empleados públicos de la planta de empleos del Área
Metropolitana del Valle de Aburrá” ....................................................................................................................................................... 16
ACUERDO METROPOLITANO 22 DE 2023 (DICIEMBRE 14) .................................................. 18
“Por el cual se establece el Presupuesto Anual de Rentas y Gastos y el Plan Operativo Anual de Inversiones para la vigencia fiscal
2024” ..................................................................................................................................................................................................... 18
RESOLUCIÓN 202350106626 DE 2023 (DICIEMBRE 22) ...................................................... 27
Por la cual se aprueban los estudios de las zonas homogéneas, físicas y geoeconómicas, el valor de las edificaciones, los avalúos
de los predios con características especiales y se ordena la liquidación de los avalúos de los predios objeto del proceso de
actualización permanente de la información catastral en las comunas Popular (1), Santa Cruz (2), Manrique (3), Aranjuez (4),
Castilla (5), Doce de Octubre (6), Villa Hermosa (8), Candelaria (10) Y EL Corregimiento DE Palmitas (50) Del Distrito Especial De
Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín”.................................................................................................................................... 27
RESOLUCIÓN 202350106010 DE 2023 (DICIEMBRE 22) ...................................................... 74
“Por medio de la cual se imparten pautas normativas para la realización de una actualización catastral permanente y/o una
conservación catastral permanente para los predios ubicados en el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de
Medellín” ............................................................................................................................................................................................... 74
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Gaceta Oficial 5286
ACUERDO METROPOLITANO 19 DE 2023 (DICIEMBRE 14)
Por el cual se fijan las tarifas del Subsistema de Transporte Masivo del Sistema Integrado de
Transporte del Valle de Aburrá -SITVA y de las rutas de transporte público colectivo integradas al
Metro y Metrocable en la porción bus para la vigencia 2024”
LA JUNTA DEL ÁREA METROPOLITANA DEL VALLE DE ABURRÁ
En uso de las atribuciones Constitucionales, legales, reglamentarias y
metropolitanas, en especial las conferidas por los artículos 2, 319 y 365 de la
literales f), n), p) del artículo 7; y, los numerales 2 y 3, literal e) del artículo 20 de la
Ley 1625 de 2013; la Resolución del Ministerio de Transporte 1371 de 2008; el
Acuerdo Metropolitano 019 de 2002; y los numerales 2 y 3, literal e) artículo 38 del
Acuerdo Metropolitano 10 de 2013; y
CONSIDERANDO QUE
Según el artículo 2 de la Constitución Política de Colombia, dentro de los fines
esenciales del Estado se encuentran: servir a la comunidad, promover la
prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y
deberes consagrados en la Constitución. En tal sentido, el artículo 365 ibídem,
establece que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado,
por lo que es su deber asegurar la prestación eficiente a todos los habitantes del
territorio nacional.
Según dispone el artículo 3° de la Ley 105 de 1993, el transporte público de
pasajeros es una industria encaminada a garantizar la movilización de personas o
cosas por medio de vehículos apropiados a cada una de las infraestructuras del
sector, en condiciones de libertad de acceso, calidad y seguridad de los usuarios,
sujeto a una contraprestación económica (tarifa).
De conformidad con lo consagrado en el Acuerdo Metropolitano No. 05 de 2017, el
Sistema Integrado de Transporte del Valle de Aburrá -SITVA, está conformado por
los Subsistemas: i) Masivo, ii) Colectivo, y iii) Bicicletas Públicas EnCicla.
Igualmente, enfatiza que la estructura tarifaria del Sistema Integrado de
Transporte del Valle de Aburrá SITVA, debe atender los principios de
autosostenibilidad y costeabilidad de la tarifa, siendo competitiva frente a las
demás alternativas de transporte público.
Al Área Metropolitana del Valle de Aburrá en calidad de autoridad de transporte le
compete fijar las tarifas del transporte público de los subsistemas de transporte
Masivo y Colectivo de pasajeros que se integra al Masivo, bajo los principios de
igualdad y equidad tarifaria, así como los relativos a la sostenibilidad e integralidad
del Sistema Integrado de Transporte del Valle de Aburrá SITVA. De acuerdo con
lo dispuesto por la Ley 1625 de 2013, la Resolución 1371 de 2008 del Ministerio
de Transporte y los Acuerdos Metropolitanos 019 de 2002 y 010 de 2013.
En cuanto a las tarifas del servicio de transporte público Masivo de pasajeros, el
artículo 14 de la Ley 86 de 1989, modificado por el artículo 98 de la Ley 1955 de
2019, Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, a su tenor dispone:
ARTÍCULO 14. SOSTENIBILIDAD DE SISTEMAS DE TRANSPORTE.
Los sistemas de transporte colectivo y masivo deben ser sostenibles

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