Acuerdo N° PS-GJ.1.2.42.2.20.013 de la Corporación para el desarrollo Sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena, 18-11-2020 - Normativa - VLEX 876162426

Acuerdo N° PS-GJ.1.2.42.2.20.013 de la Corporación para el desarrollo Sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena, 18-11-2020

Número de acuerdoPS-GJ.1.2.42.2.20.013
Año2020
Fecha13 Noviembre 2020
Tipo de documentoAcuerdo
ACUERDO Nº PS-GJ.1.2.42.2.20.013 del 13/11/2020
Por medio del cual se modifica el Plan de Acción 2020 2023, Somos vida, somos Meta, y se
modifica el presupuesto de Inversión de la Corporación, para la vigencia 2020”.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
DEL ÁREA DE MANEJO ESPECIAL LA MACARENA CORMACARENA,
En ejercicio de sus facultades legales, estatutarias y especialmente, las asignadas por el literal i),
del artículo 27 de la Ley 99 de 1993, los artículos 2.2.8.6.4.1 y 2.2.8.6.5.4 del Decreto Único
Reglamentario 1076 de 2015, así como las contenidas en los literales i) y m), del artículo 28 del
Acuerdo No. 001 de 2009 por medio del cual se aprueban los estatutos Corporativos y,
CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo PS-GJ. 1.2.20.06 del ocho (8) de mayo del año que avanza, el Consejo
Directivo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial la
Macarena, Cormacarena, aprobó el Plan de Acción 2020-2023, “Somos Vida, somos Meta”.
Que en el artículo 4º del citado Acuerdo, se determinaron las causales de orden legal, técnico y
financiero, que dan lugar a la modificación del Plan de Acción Cuatrienal, sobreviniendo para el
presente, la causal de orden legal señalada en el numeral 6, relacionada con la emergencia
sanitaria causada en el territorio nacional por el COVID-19, y las diferentes medidas adoptadas
por el Gobierno Nacional.
Que en los numerales 2 y 4 ibídem, se señalaron las causales de orden técnico, referentes a las
circunstancias ajenas a la Corporación que dan lugar a la modificación de las condiciones bajo
las cuales se formuló el programa, proyecto o acción operativa a suprimir, modificar o incrementar
y cuando las condiciones del orden natural, social o ambiental del territorio en el cual se ejecutará
el proyecto, no permiten su materialización en el término establecido para ello.
Que frente al orden financiero, el numeral 3 del mismo artículo, dispone que da a lugar a la misma,
cuando el costo del programa o proyecto se modifique sustancialmente.
Que por su parte, el artículo 12 del Decreto 1200 de 2004, compilado en el artículo 2.2.8.6.5.4,
del Decreto 1076 de 2015, permite al Director General, solicitar los ajustes al Plan de Acción
Cuatrienal, con la debida sustentación técnica y financiera.
Que el artículo 12, del Acuerdo Nº PS-GJ.1.2.42.2.16.007 del 13 de septiembre de 2016, Por el
cual se establece el Reglamento Interno para el Manejo Presupuesta! de los Recursos Propios
de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial La Macarena -
CORMACARENA, prescribe que aquellas modificaciones que afecten las apropiaciones
contenidas en el presupuesto de funcionamiento, requieren concepto favorable de la
Subdirección Administrativa y Financiera y, que cuando la modificación afecta el presupuesto de
inversión, requiere también, concepto favorable de la Oficina Asesora de Planeación.
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