Acuerdo N° PS-GJ.1.2.42.2.22.014 de la Corporación para el desarrollo Sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena, 02-05-2022 - Normativa - VLEX 903161946

Acuerdo N° PS-GJ.1.2.42.2.22.014 de la Corporación para el desarrollo Sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena, 02-05-2022

Número de acuerdoPS-GJ.1.2.42.2.22.014
Fecha02 Mayo 2022
Tipo de documentoAcuerdo
ACUERDO Nº PS-GJ.1.2.42.2.22.014 del 26 de abril de 2022
“Por medio del cual se modifica el Plan de Acción 2020 – 2023, Somos vida, somos Meta,
y se dictan otras disposiciones”.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO
SOSTENIBLE DEL ÁREA DE MANEJO ESPECIAL LA MACARENA CORMACARENA,
En ejercicio de sus facultades legales, estatutarias y especialmente, las asignadas por el
literal i), del artículo 27 de la Ley 99 de 1993, los artículos 2.2.8.6.4.1 y 2.2.8.6.5.4 del
Decreto Único Reglamentario 1076 de 2015, así como las contenidas en los literales i) y
m), del artículo 28 del Acuerdo No. 001 de 2009 por medio del cual se aprueban los
estatutos Corporativos y,
CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo Nº PS-GJ.1.2.20.06 del ocho (8) de mayo del año dos mil veinte
(2020), el Consejo Directivo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de
Manejo Especial la Macarena, Cormacarena, aprobó el Plan de Acción 2020-2023,
“Somos Vida, somos Meta”.
Que el artículo 4 del Acuerdo Nº PS-GJ.1.2.20.06 del ocho (8) de mayo del año dos mil
veinte (2020), señala las causales de orden legal, técnico y financiero, que dan lugar a la
modificación del Plan de Acción Cuatrienal, las cuales deben encontrarse debidamente
sustentadas.
Que en referencia a la causal de orden legal del acuerdo anteriormente referenciado, se
encuentra sustentada en el numeral 7, el cual hace referencia al evento cuando por
circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito definidos así por la ley y/o reglamentos,
tales como conmoción interior, ocurrencia de desastres, emergencia sanitaria, social o
ecológica, desastres naturales o antrópicos y alteración de orden público, no sea posible
la ejecución del programa, proyecto o alcance o consolidación de la meta.
Que de acuerdo a la causal de orden técnica, se encuentra sustentada en el numeral 4, el
cual hace referencia al evento cuando las condiciones naturales, sociales o ambientales
del territorio en el que se va a desarrollar el programa o proyecto, no permitan su
ejecución en el término establecido para el mismo.
Que en la causal de orden financiero, se encuentra sustentada en el numeral 3, el cual
hace referencia al evento cuando el costo del programa o proyecto se modifique
sustancialmente.
Que la Corporación cuenta con recursos de superávit a ser adicionados al presupuesto de
inversión de la vigencia 2022 por el orden de QUINCE MIL CUATROCIENTOS
VEINTIDÓS MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL NOVENTA Y CUATRO
PESOS M/CTE ($15.422.053.094)
Que por su parte, el artículo 12 del Decreto 1200 de 2004, compilado en el artículo
2.2.8.6.5.4, del Decreto 1076 de 2015, permite al Director General, solicitar los ajustes al
Plan de Acción Cuatrienal, con la debida sustentación técnica y financiera.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR