Acuerdo número 00002 de 2023, por el cual se modifica el artículo primero del Acuerdo 00001 de 2023, el cual establece la escala de honorarios para docentes y pseudopilotos del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA) - 3 de Abril de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 928999831

Acuerdo número 00002 de 2023, por el cual se modifica el artículo primero del Acuerdo 00001 de 2023, el cual establece la escala de honorarios para docentes y pseudopilotos del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA)

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín52356

El Consejo Directivo del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA), en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el parágrafo 3º del artículo 46 del Decreto número 1204 de 2021 y, el artículo 3º de la Resolución número 1338 de 2022 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política, señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad e imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones;

Que la Ley 30 de diciembre 28 de 1992: "Por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior", en su artículo 1 º señala que: "La Educación Superior es un proceso permanente que posibilita el desarrollo de las potencialidades del ser humano de una manera integral, se realiza con posterioridad a la educación media o secundaria y tiene por objeto el pleno desarrollo de los alumnos y su formación académica o profesional";

Que el artículo 29 de la citada Ley 30 de 1992, establece que: "La autonomía de las instituciones universitarias o escuelas tecnológicas y de las instituciones técnicas profesionales estará determinada por su campo de acción y de acuerdo con la presente ley en los siguientes aspectos: a) Darse y modificar sus estatutos. b) Designar sus autoridades académicas y administrativas. c) Crear, desarrollar sus programas académicos, lo mismo que expedir los correspondientes títulos. d) Definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas, culturales y de extensión. e) Seleccionar y vincular a sus docentes, lo mismo que a sus alumnos. f) Adoptar el régimen de alumnos y docentes. g) Arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional." (Cita parcial);

Que el artículo 71 de la citada Ley 30 de 1992 establece que: "Los profesores podrán ser de dedicación exclusiva, de tiempo completo, de medio tiempo y de cátedra". (Cita parcial);

Que el artículo 3º de la Ley 489 de 1998, determina que la función administrativa se desarrolla conforme a los principios constitucionales enunciados anteriormente;

Que la Ley 80 de 1993 en su artículo 11, numeral 1, establece que la competencia para ordenar y dirigir la celebración de licitaciones y para escoger contratistas será del jefe o representante de la entidad, según el caso;

Que el artículo 23 de la...

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