Resolución número 01338 de 2022, por la cual se establece la conformación de los Cuerpos Colegiados del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA) - 28 de Junio de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 907303515

Resolución número 01338 de 2022, por la cual se establece la conformación de los Cuerpos Colegiados del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA)

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín52079

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en las leyes 489 de 1998 y los Decretos 1294, 1295 y 1329 de 2021 y demás disposiciones reglamentarias, concordantes y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 69 de la Constitución Política, garantiza la autonomía universitaria, al tiempo que los artículos 28 y 29 de la Ley 30 de 1992, reconocen a las universidades e instituciones de educación superior, el derecho a darse y modificar sus estatutos, así como a designar sus autoridades académicas y administrativas.

Que el artículo 57 de Ley 105 de 1993, establece: "El Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA) funcionará de acuerdo con la naturaleza jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y su régimen académico se ajustará a lo previsto en el artículo 137 de la Ley 30 de 1992, para efecto de impartir capacitación a nivel profesional que dé lugar al otorgamiento de títulos técnicos, universitarios y de especialización.".

Que la Ley 115 de 1994, establece que la educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, su dignidad, derechos y deberes.

Que el Acuerdo 02 de 2017 del Consejo Superior de Educación Superior (CESU), por medio del cual se establece la política pública para el mejoramiento del Gobierno en las instituciones de educación superior, establece los principios orientadores del buen gobierno de dichas instituciones, genera recomendaciones e identifica buenas prácticas orientadas a cualificar el Gobierno, asegurando calidad y pertinencia, siendo uno de sus objetivos definir herramientas que le permitan fortalecer la labor de los máximos órganos colegiados de gobierno.

Que el Acuerdo 042 de 2017, por medio del cual se adopta el Estatuto General del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA), en su capítulo 5 artículo 20, numeral 1, establece los órganos de Gobierno de la institución, incluyendo en ellos al Consejo Directivo del CEA y al Consejo Académico. A su vez en su capítulo 5 artículo 20, numeral 2, establece los órganos de asesoría y consultoría.

Que el documento institucional de Gobernanza y Buen Gobierno del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA), orientado a la presentación de la Gobernanza que desarrolla la institución a través de los cuerpos colegiados, divide los mismos entre órganos de gobierno, de asesoría y consultoría, señalando que el Consejo Directivo es el encargado de dirigir y establecer las normas y políticas a nivel institucional y consagra la existencia de seis (6) órganos de asesoría que se encargan de proponer lineamientos y políticas, siendo necesario ajustar los mencionados comités a las nuevas realidades, dinámicas, estructura administrativa y desafíos institucionales.

Que mediante el Decreto 1294 de 2021 se modificó la estructura orgánica de la Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil (Aerocivil), en cumplimiento de las estrategias dispuestas en el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, para la modernización de las entidades públicas del sector transporte siendo necesario armonizar la integración y funciones de los cuerpos colegiados con la estructura organizacional definida para la institución, la cual debe ser el referente para el establecimiento de los Cuerpos Colegiados con el fin de lograr la articulación entre ellas.

Que el Decreto 1294 de 2021, estableció las funciones a cargo de la Secretaría Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA), la Dirección Académica, Dirección de Investigación, Innovación y Gestión del Conocimiento, así como la integración y funciones del Consejo Directivo del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA).

Que el Ministerio de Educación Nacional, mediante Resolución 02909 del 21 de febrero de 2018, modificada por la Resolución 16859 del 19 de octubre de 2018, autorizó la asignación del código institucional en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES) al Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA), como dependencia de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), correspondiente al número SNIES 9934, con la facultad de ofrecer y desarrollar programas académicos de educación superior en los términos de la Ley 105 de 1993, en armonía con el artículo 137 de la Ley 30 de 1992.

Que mediante Resolución 00111 del 20 de enero de 2015, la Oficina de Transporte Aéreo de la Aerocivil otorgó permiso de funcionamiento como Centro de Instrucción Aeronáutica al Centro de Estudios de Ciencias Aeronáuticas y mediante Resolución 01469 del 20 de mayo de 2019, adicionó y actualizó el permiso de funcionamiento del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA).

Que de acuerdo a la nueva organización administrativa de la Aerocivil, se hace necesario adecuar la estructura y funciones de los Cuerpos Colegiados, esto es, de los Consejos y Comités del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA), con el fin de cumplir con las funciones sustantivas y los roles de Institución de Educación Superior, Centro de Instrucción Aeronáutica y prestador de servicios de capacitación a la entidad, en el marco de la normatividad que rige a las instituciones de educación superior expedida por Ministerio de Educación Nacional.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Cuerpos colegiados:

Establecer como cuerpos colegiados los siguientes Consejos y Comités del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA) de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil):

  1. Consejo Directivo del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA).

  2. Consejo Académico.

  3. Comité Curricular.

  4. Comité de Asuntos Académicos.

  5. Comité de Autoevaluación y Aseguramiento de la Calidad en la Educación.

  6. Comité de Investigación, Innovación y Gestión del Conocimiento.

  7. Comité Docente.

  8. Comité de Relacionamiento y Proyección Social.

  9. Comité de Bienestar de la comunidad Académica.

  10. Comité de Convivencia de la comunidad Académica.

Parágrafo Primero. Los cuerpos colegiados son espacios de análisis, discusión y decisión integrados por representantes de diferentes estamentos de la comunidad académica del CEA.

Parágrafo Segundo. Los Consejos son los órganos colegiados de autoridad de la institución, que aprueban normativas, directrices y reúnen en su seno a representantes de los distintos estamentos de la comunidad académica del CEA, en el marco de gobernanza, legitimidad y participación. Se constituyen como instancias superiores de los comités, para efectos de revisión, modificación o ratificación de decisiones asumidas por ellos.

Parágrafo Tercero. Los Comités son órganos colegiados de asesoría y consultoría, encargados de desarrollar las políticas y lineamientos para el cumplimiento de las funciones y roles de la educación en el Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA), que cuentan con representantes de los estamentos con interés y competencias en las distintas áreas de la gestión institucional.

Artículo 2º

Naturaleza y conformación del consejo directivo: El Consejo Directivo del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA) es el máximo órgano de gobierno para la definición de políticas, aprobación de normas institucionales y toma de decisiones académicas y administrativas en el CEA. Se encuentra reglamentado por los artículos 46 y 47 del Decreto 1294 de 2021. El Consejo Directivo del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA) está integrado por los siguientes miembros:

  1. El Director General de la Aerocivil o su delegado, quien lo preside.

  2. El Secretario General de la Aerocivil.

  3. El Secretario de Autoridad Aeronáutica.

  4. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación.

  5. El Director de Gestión Humana.

  6. Un representante de los Docentes.

  7. Un representante de los Estudiantes.

Parágrafo Primero. El Secretario del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA), asistirá con derecho a voz, sin voto.

Parágrafo Segundo. Los integrantes del Consejo Directivo del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA), asistirán a las sesiones y tendrán voz y voto.

Parágrafo Tercero. El Consejo Directivo del Centro de Estudios Aeronáuticos (CEA), expedirá su propio reglamento, en el que establecerá, entre otros aspectos, lo relacionado con la periodicidad de las reuniones y el quórum requerido para deliberar y tomar decisiones. Sin perjuicio de lo anterior, el Consejo deberá reunirse como mínimo una (1) vez al año.

Parágrafo Cuarto. El representante de los estudiantes podrá pertenecer a los programas de Educación Superior o a los del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR