Acuerdo número 014 de 2023, por medio del cual se convoca y reglamenta la elección para conformar la terna de candidatos a la Rectoría del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP) para un período institucional de cuatro (4) años - 6 de Julio de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 938631307

Acuerdo número 014 de 2023, por medio del cual se convoca y reglamenta la elección para conformar la terna de candidatos a la Rectoría del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP) para un período institucional de cuatro (4) años

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional
Número de Boletín52448

El Consejo Directivo del Instituto Tolimense de formación Técnica Profesional (ITFIP), en ejercicio de sus atribuciones legales y, en especial, las conferidas por los artículos 26 numeral 17, 39, 40 y 41 del Acuerdo 21 de 2018 "Estatuto General" y,

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP) es un establecimiento público de carácter académico del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, adscrito al Ministerio de Educación Nacional, creado mediante Decreto número 3462 del 24 de diciembre de 1980 y reorganizado por el Decreto Ley número 758 de 1988.

Que la Ley 30 de 1992 en su artículo 29 señala lo siguiente:

"La autonomía de las instituciones universitarias o escuelas tecnológicas y de las instituciones técnicas profesionales estará determinada por su campo de acción y de acuerdo con la presente ley en los siguientes aspectos: a) Darse y modificar sus estatutos. b) Designar sus autoridades académicas y administrativas (...)".

Que el artículo 62 de la Ley 30 de 1992 dispone:

"La dirección de las universidades estatales u oficiales corresponde al Consejo Superior Universitario, al Consejo Académico y al Rector.

Cada universidad adoptará en su estatuto general una estructura que comprenda entre otras, la existencia de un Consejo Superior Universitario y un Consejo Académico, acordes con su naturaleza y campos de acción.

Parágrafo. La dirección de las demás instituciones estatales u oficiales de Educación Superior que no tengan el carácter de universidad, corresponde al Rector, al Consejo Directivo y al Consejo Académico. La integración y funciones de estos Consejos serán las contempladas en los artículos 64, 65, 68 y 69 de la presente ley".

Que el parágrafo del artículo 66 de la Ley 30 de 1992 prescribe lo siguiente:

"La designación del Rector de las instituciones estatales u oficiales que no tienen el carácter de universidades de conformidad con la presente ley se efectuará (...) de ternas presentadas por el Consejo Directivo. El Estatuto General determinará los requisitos y calidades que deben reunir los candidatos y los procedimientos para la integración de esta terna, en los cuales deberá preverse la participación democrática de la comunidad académica".

Que el artículo 26 numeral 17 del Acuerdo número 21 del 18 de junio de 2018-Estatuto General señala que es función del Consejo Directivo:

".designar al Rector del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional para un período de cuatro (4) años. La convocatoria y reglamentación para nombramiento del Rector, se realizará mediante Acuerdo del Consejo Directivo".

Que el artículo 39 del Acuerdo número 21 del 18 de junio de 2018-Estatuto General señala lo siguiente:

"El Rector será designado por el Consejo Directivo del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional ("ITFIP"), de terna conformada según lo establecido en el presente Estatuto General, mediante elección con el voto favorable de la mayoría de sus miembros con derecho a voz y voto, para un periodo de cuatro (4) años contados a partir de la fecha de su posesión ante el mismo Consejo y podrá ser reelegido.

Parágrafo 1 º. La terna de candidatos para ser Rector del Instituto se conformará así: 1. Un candidato elegido por los funcionarios administrativos de planta y los contratistas de prestación de servicios del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional ("ITFIP"). (Modificado por el artículo 3º del Acuerdo número 14 de 2022".

2. Un Candidato elegido por el cuerpo Docente del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional ("ITFIP").

3. Un candidato elegido por el cuerpo Estudiantil y los Egresados graduados del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional ("ITFIP").

Que el artículo 40 inciso inicial del Acuerdo número 21 del 18 de junio de 2018-Estatuto General, modificado por el Acuerdo número 007 de 2023, dispone lo siguiente:

"Artículo 40. Elección de terna: El Consejo Directivo convocará y reglamentará mediante Acuerdo los procesos electorales en todos sus aspectos para conformar la terna para designar el Rector, debiendo hacerse las elecciones dentro de los doce (12) meses anteriores al vencimiento del periodo del Rector y por lo menos con seis (6) meses de anticipación al vencimiento del respectivo periodo, para lo cual se tendrá en cuenta lo siguiente: (.)".

Que el Consejo Directivo del ITFIP designó como Rector para un período institucional de cuatro (4) años al doctor Mario Fernando Díaz Pava, quien se posesionó el 17 de junio de 2020.

Que el día 16 de junio de 2024 vence el período actual del señor rector, debiéndose realizar la convocatoria respectiva para conformar la terna y elegir su reemplazo de conformidad con los artículos 39 y 40 del Estatuto General, la cual debe llevarse a cabo dentro de los doce (12) meses anteriores al vencimiento del periodo y por lo menos con seis (6) meses de anticipación al vencimiento del respectivo periodo.

Que en virtud de lo anterior, se hace necesario dar aplicabilidad a los artículos 26 numeral 17, 39, 40 y 41 del acuerdo número 21 del 18 de junio de 2018 - Estatuto General y demás normatividad complementaria, convocando y reglamentando el proceso electoral para la designación del Rector de la Institución para un período institucional de cuatro (4) años.

Que se debe establecer el procedimiento para la elección y conformación de la terna de candidatos, de la cual el Consejo Directivo designará al Rector, la que se conformará así de conformidad con el Estatuto General del ITFIP: Un (1) candidato elegido por los funcionarios administrativos de planta y los contratistas de prestación de servicios, un (1) candidato elegido por los Docentes Tiempo Completo, Medio Tiempo, Hora Cátedra y Ocasionales, y un (1) candidato elegido por los estudiantes y egresados graduados de la Institución.

En atención a las anteriores consideraciones, el Consejo Directivo del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP),

ACUERDA:

Artículo 1º Convocatoria.

Convocar y reglamentar mediante el presente Acuerdo las elecciones y procedimientos para la conformación de la terna de candidatos que aspiran al cargo de Rector del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP), para un período Institucional de cuatro (4) años contados a partir de la fecha de su posesión, una vez culminado el periodo del actual Rector, en cumplimiento de lo prescrito en los artículos 26 numeral 17, 39, 40 y 41 del Acuerdo número 21 del 18 de junio de 2018-Estatuto General.

Para tal efecto, la convocatoria se realizará del 6 al 16 de julio de 2023.

Artículo 2º Requisitos.

Quienes se inscriban como candidatos a Rector de la Institución, deberán acreditar los siguientes requisitos de conformidad con el artículo 38 del Acuerdo número 21 del 18 de junio de 2018-Estatuto General, modificado por el artículo 3º del Acuerdo número 11 de 2022:

  1. Ser ciudadano(a) colombiano(a) en ejercicio.

  2. Poseer título profesional universitario y de postgrado otorgado por Instituciones de Educación Superior reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional o convalidados si se trata de títulos obtenidos en el exterior.

  3. Acreditar cinco (5) años de experiencia profesional relacionada, de los cuales por lo menos cuatro (4) años deben ser en empleos del nivel jerárquico directivo o asesor en Instituciones de Educación Superior.

  4. Acreditar experiencia en el área de la investigación en Instituciones de Educación Superior.

Parágrafo. Los anteriores requisitos serán acreditados en el momento de la inscripción, anexando los soportes documentales correspondientes para certificar el cumplimiento de la totalidad de los requisitos exigidos.

Artículo 3º Conformación de la terna.

La terna de candidatos al cargo de Rector del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP), se conformará así con cada uno de los siguientes sectores:

  1. Un (1) candidato elegido por los funcionarios administrativos de planta y los contratistas de prestación de servicios del Instituto Tolimense de Formación Técnica

    Profesional (ITFIP).

  2. Un (1) candidato elegido por los Docentes Tiempo Completo, Medio Tiempo, Hora Cátedra y Ocasionales del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional

    (ITFIP).

  3. Un (1) candidato elegido por los estudiantes y egresados graduados del Instituto Tolimense de Formación...

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