Acuerdo número 027 de 2023, por el cual se modifica, adiciona y compila el Acuerdo número 010 de 2017, 'por el cual se crea la Línea de Crédito Educativo del Programa Pasaporte a la Ciencia' - 19 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 942078406

Acuerdo número 027 de 2023, por el cual se modifica, adiciona y compila el Acuerdo número 010 de 2017, 'por el cual se crea la Línea de Crédito Educativo del Programa Pasaporte a la Ciencia'

EmisorEntidades Financieras de Naturaleza Especial - Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior
Número de Boletín52492

La Junta Directiva, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias en especial de las que le confieren los numerales 1 y 4 del artículo 9º del Decreto número 1050 de 2006, los numerales 1 y 4 del artículo 9º del Acuerdo número 013 de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 67 y 69 de la Constitución Política de Colombia, la educación es tanto un derecho de la persona, como un servicio público que tiene una función social, en virtud del cual el Estado tiene la responsabilidad de facilitar mecanismos financieros que hagan posible el acceso a la educación superior de todas las personas aptas para ello.

Que, el artículo 1º de la Ley 1002 de 2005, por la cual se transforma el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Mariano Ospina Pérez (Icetex), en una entidad financiera de naturaleza especial y se dictan otras disposiciones, modificó la Naturaleza Jurídica del Icetex al transformarlo de un establecimiento público a una entidad financiera de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional.

Que, el artículo 2º de la Ley 1002 de 2005 señala como objeto del Icetex "(...) elfomento social de la educación superior, priorizando la población de bajos recursos económicos y aquella con mérito académico en todos los estratos, a través de mecanismos financieros que hagan posible el acceso y la permanencia de las personas a la educación superior, la canalización y administración de recursos, becas y otros apoyos de carácter nacional e internacional, con recursos propios o de terceros y cumplirá su objeto con criterios de cobertura, calidad y pertinencia educativa, en condiciones de equidad territorial...".

Que, la Junta Directiva del Icetex, como máximo órgano de dirección y administración, es competente para la expedición de este Reglamento, de conformidad con lo establecido en el artículo 7º de la Ley 1002 de 2005, y las funciones que le han sido encomendadas por medio de los numerales 1 y 4 del artículo 9º del Decreto número 1050 de 2006 y los numerales 1 y 4 del artículo 9º del Acuerdo número 013 de 2022, así: "1. Formular la política general y los planes, programas y proyectos para el cumplimiento del objeto legal, el Icetex, de sus funciones y operaciones autorizadas y todas aquellas inherentes a su naturaleza jurídica, acorde con lo dispuesto por la normatividad vigente y los lineamientos y política del Gobierno nacional en materia de crédito educativo. En desarrollo de lo anterior, adoptará, entre otros, los reglamentos de crédito (...). 4. Expedir, conforme a la ley y a los Estatutos del Icetex, los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones y de las operaciones autorizadas al Icetex como Entidad financiera de naturaleza especial".

Que, el Programa Pasaporte a la Ciencia se rige por el Acuerdo número 010 del 29 de marzo 2017, por lo cual se crea la línea de crédito Pasaporte a la Ciencia, por la Resolución número 1524 de 25 de 2017, por la cual se crea el Comité de Alianzas Pasaporte a la Ciencia, por la Resolución número 860 del 5 de agosto de 2019, por lo cual se adiciona y modifica la Resolución número 1524 del 2017, y por el Acuerdo número 014 del 19 de abril de 2022, por el cual se actualiza la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex, y que hace extensivo las aprobaciones y modificaciones al "Convenio de cooperación educativa 2017-0333 suscrito entre el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior Mariano Ospina Pérez (Icetex) y la Comisión para el Intercambio Educativo entre los Estados Unidos de América y Colombia Fulbright".

Que, el programa Pasaporte a la Ciencia es un subcomponente del Programa Colombia Científica, impulsado por el Ministerio de Educación Nacional, en alianza con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Colciencias ahora Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y el Icetex, y que este fue diseñado para responder a la imperante necesidad del país de incrementar su capital humano en los niveles de Maestría y Doctorado con el fin de mejorar la calidad de educación superior y potenciar las capacidades de innovación, investigación y desarrollo tecnológico del sector productivo, que da la oportunidad de incrementar el acceso de profesionales colombianos a programas de educación superior en el exterior, con el fin de formar capital humano altamente calificado, priorizando profesionales colombianos de los grupos de poblaciones establecidos en el CONPES que autoriza la operación del programa Colombia Científica.

Que, teniendo en cuenta los efectos de la pandemia COVID-19, y la solicitud de 40 beneficiarios del programa para flexibilizar el requisito de retorno a Colombia de manera que pueda mantenerse el vínculo y aporte al país de conformidad con el objetivo del programa, se buscará homologar el requisito de retorno con productos que permitan cumplir los requisitos de condonación sin depender físicamente del retorno al país.

Que, en aras de brindar alternativas más humanas que consideren las realidades de las y los beneficiarios, la Oficina de Relaciones Internacionales del Icetex presentó opciones para flexibilizar el requisito de retorno y permanencia de beneficiarios(as), bajo la premisa de que dichas propuestas mantengan la esencia y el espíritu inicial del programa y continúen contribuyendo a la compensación tanto económica como social de los beneficiarios al desarrollo de Colombia.

Que, en respuesta a las solicitudes presentadas por parte de los beneficiarios(as) del Programa Pasaporte a la Ciencia, la Oficina de Relaciones Internacionales, presentó ante el Comité Directivo del Icetex que se llevó a cabo el 20 de junio de 2023, la solicitud de flexibilizar el requisito de regreso al país, para así garantizar la permanencia en el programa y el cumplimiento de los demás requisitos de condonación de los créditos condonables.

Que, teniendo en cuenta que del programa se deriva un porcentaje de pago reembolsable y otro condonable, y que de no cumplir con los requisitos de condonación que incluyen el retorno y permanencia del país, los beneficiarios(as) entrarían al cobro de la totalidad del crédito, más los intereses generados. En virtud de lo anterior, el riesgo de imposibilidad de pago atado al retorno al país es de alta probabilidad, pudiendo llegar a afectar alrededor de setecientas familias, tal como se establece en el documento técnico que hace parte integral del presente acuerdo.

Que, la Oficina de Relaciones Internacionales tomó como referencia para la modificación del Acuerdo en cuestión, el estudio presentado por Fedesarrollo "Evaluación de impacto de la política de formación de capital humano de alto nivel: programa de créditos condonables de Doctorado 1992-2018" presentado al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación en febrero de 2022.

Que, al eliminar el requisito de retorno al país para condonación, se propende por:

  1. Minimizar el riesgo de imposibilidad de pago de los créditos.

  2. Aumentar el grado de pertenencia al país y al Icetex de los beneficiarios(as).

  3. Garantizar que los beneficiarios(as) sigan vinculados con las instituciones de educación superior en Colombia.

  4. Implementar productos de generación de nuevo conocimiento aplicados que beneficien al país.

Que, la Oficina de Relaciones Internacionales presentó ante la Junta Directiva del Icetex el proyecto de modificación del requisito de retorno y permanencia en el país, establecido en el Acuerdo número 010 de 2017, a través del cual se crea la Línea de Crédito Pasaporte a la Ciencia, con el fin de flexibilizar las condiciones de retorno y permanencia en Colombia, a fin de dar respuesta a las necesidades específicas del país, al Icetex y a las solicitudes de los beneficiarios.

Que, la modificación al Acuerdo número 010 de 2017 y sus resoluciones, cumple con las pautas contenidas en el documento Conpes 3816 de 2014, relacionado con la política de Mejora Normativa, la cual tiene como objetivo promover el uso de herramientas y buenas prácticas regulatorias, a fin de lograr que las normas expedidas por la Rama Ejecutiva del Poder Público, en los órdenes nacional y territorial, revistan los parámetros de calidad técnica y jurídica, propendiendo por resultados eficaces, eficientes, transparentes, coherentes y simples en su aplicación.

Que, en este sentido, el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Mariano Ospina Pérez (Icetex) ha adquirido el compromiso de promover la calidad en la producción de las normas, su impacto, la racionalización del inventario normativo, la participación y consulta pública en el proceso de elaboración de las normas, al igual que la defensa y la divulgación del ordenamiento jurídico...

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