Acuerdo número 06 de 2016, por el cual se fija el valor de solución de vivienda por categoría, para los beneficiarios del Fondo de Solidaridad, para la vigencia 2017 - 11 de Octubre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 650940977

Acuerdo número 06 de 2016, por el cual se fija el valor de solución de vivienda por categoría, para los beneficiarios del Fondo de Solidaridad, para la vigencia 2017

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía
Número de Boletín50023

La Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, en ejercicio de las facultades legales, estatutarias y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley 353 de 1994, modificado por el artículo 5º de la Ley 973 de 2005, las conferidas en el parágrafo 3º del artículo 1º de la Ley 1305 de 2009 y

CONSIDERANDO:

Que en parágrafo 3º del artículo 1º de la Ley 1305 de 2009, establece que la Junta Directiva deberá fijar para la vigencia fiscal siguiente, antes del mes de octubre de cada año, el valor de la vivienda a adjudicar en cada categoría, sin que los incrementos en el valor de la misma, sean Inferiores a la variación del IPC certificado por el DANE para la respectiva vigencia.

Que la Junta Directiva fijó para la vigencia 2016, el valor de la vivienda a adjudicar con cargo al Fondo de Solidaridad, para cada una de las categorías, hasta en las cuantías que se relacionen a continuación (Acuerdo 05 del 28 de septiembre de 2015):

Que se hace necesario determinar el incremento para la vigencia 2017 y fijar el valor adicional de la solución de vivienda para aquellos beneficiarios del Fondo de Solidaridad, que se encuentren en situación de discapacidad y requieran adecuaciones especiales para su vivienda.

Que la variación del IPC (12 meses), de septiembre de 2015 a agosto de 2016 fue del 8.10% (Fuente DANE).

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1º Valor de la solución de vivienda.

Fijar para la vigencia fiscal del año 2017, el valor de la solución de vivienda para cada una de las categorías que a continuación se relacionan; hasta en una cuantía de:

Parágrafo 1º. El valor de la solución de vivienda para cada una de las categorías, cuando el beneficiario del Fondo de Solidaridad padezca una disminución de la capacidad psicofí-sica que requiera adecuaciones en su vivienda en virtud de su discapacidad será hasta de:

Parágrafo 2º. La solución de vivienda con cargo al Fondo de Solidaridad, para el personal civil al servicio del Ministerio de Defensa Nacional y de las Fuerzas Militares, el personal no uniformado de la Policía Nacional y los servidores públicos de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, corresponderá a la categoría en la que se encuentran clasificados...

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