Acuerdo número 14 de 2013, por el cual se realiza una modificación presupuestal en la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas para la vigencia fiscal de 2013 - 17 de Enero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 553621322

Acuerdo número 14 de 2013, por el cual se realiza una modificación presupuestal en la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas para la vigencia fiscal de 2013

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas
Número de Boletín49397

El Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren el artículo 76 literales a), e) y f) de la Ley 489 de 1998 y el artículo 7º numeral 6 del Decreto 4801 de 2011, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante el artículo 103 de la Ley 1448 de 2011, se creó la UnidadAdministrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas por el término de diez (10) años, adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con autonomía administrativa, personería jurídica y patrimonio independiente.

  2. Que el objetivo fundamental de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas es servir de órgano administrativo del Gobierno nacional para la restitución de tierras de los despojados.

  3. Que en atención al artículo 109 de la Ley 1448 de 2011, se expidió el Decreto 4801 de 2011 que establece la estructura interna de la Unidad y el Decreto 4939 del 29 de diciembre de 2011, el cual determina la planta de personal.

  4. Que la Resolución número 069 de 29 de diciembre de 2011, emanada de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional, establece el Plan de Cuentas a que se refiere el artículo 5º del Decreto número 4836 de 2011.

  5. Que la Ley 1593 de 2012, decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2013.

  6. Que el Decreto 2715 del 27 de diciembre del 2012, liquida el Presupuesto General de la Nación, para la vigencia fiscal del 2013.

  7. Que analizada la distribución del presupuesto de gastos de personal en el decreto de liquidación, se requiere modificar las apropiaciones iniciales a las necesidades reales de la Unidad para atender los gastos de nómina, por ello es imperativo efectuar algunas modificaciones al presupuesto de funcionamiento con el fin de cumplir sus compromisos durante la vigencia fiscal 2013.

  8. En virtud del artículo 4º de la Ley 106 de 1993, la Contraloría General de la República cobrará una tarifa de control fiscal a los organismos y entidades fiscalizadas de manera individual mediante resolución expedida por el Contralor General de la República.

  9. Que el profesional especializado de Presupuesto de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal...

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