Acuerdo número 14 de 2022, por medio del cual se modifican algunos artículos del Acuerdo número 21 del 18 de junio de 2018 - Estatuto General - 8 de Agosto de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 909086676

Acuerdo número 14 de 2022, por medio del cual se modifican algunos artículos del Acuerdo número 21 del 18 de junio de 2018 - Estatuto General

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional
Número de Boletín52120

El Consejo Directivo del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP), en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial, las conferidas por el artículo 95 del Acuerdo número 21 del 18 de junio de 2018 "Estatuto General" y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 29 literal a) de la Ley 30 de 1992 establece la autonomía de las Instituciones Técnicas Profesionales para darse y modificar sus estatutos.

Que, la Ley 30 de 1992 en su artículo 62, parágrafo único, establece que la dirección de las demás instituciones oficiales o estatales de educación superior que no tengan el carácter de Universidad, corresponde al Rector, al Consejo Directivo y al Consejo Académico.

Que, la Ley 30 de 1992 en su artículo 64, señala que el Consejo Superior Universitario, asimilado para las Instituciones Técnicas y Tecnológicas a Consejo Directivo, es el máximo órgano de dirección y gobierno, y estará integrado, entre otros, por un Exrector Universitario.

Que, a su vez el artículo 65 de la Ley 30 de 1992, estipula que son funciones de los Consejos Directivos expedir o modificar los estatutos y darse su propio reglamento.

Que, la Corte Constitucional en Sentencia SU-261 del 6 de agosto de 2021, determinó que la autonomía de las Instituciones de Educación Superior se concreta en tres dimensiones: una académica, una financiera y una política, reconociendo que estas tienen la potestad de autoorganización (darse sus propias directivas) y de autorregulación (regirse por sus propios estatutos).

Que, se hace necesario modificar el literal i) del artículo 13 del Estatuto General que trata sobre los integrantes del Consejo Directivo del ITFIP, esto con el fin de permitir la participación de los Exrectores Universitarios o de Instituciones Universitarias en la elección de este representante dando cumplimiento a lo estipulado en el artículo 64 literal d) de la Ley 30 de 1992 y con el propósito de ampliar la presencia de otros Exrectores en el proceso electoral que tiene por objeto la escogencia de este miembro del máximo órgano de dirección de la...

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